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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2023 (29/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Domingo 29 de enero de 2023 El Peruano / Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2146757-1 Encargan funciones de Funcionario Responsable de brindar información de la Municipalidad, en virtud a lo establecido en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 121 Lima, 1 de enero de 2023EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA:CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6 de la referida Ley Orgánica señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en la referida norma están sometidas al principio de publicidad; por lo que, toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas; teniendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del citado principio de publicidad; precisando además que, la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, debiendo publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano” y colocarse copia de la misma en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 793-2022 del 29 de diciembre de 2022 se aceptó la renuncia de Blanca Milagros Hinostroza Álvarez, a partir del 1 de enero de 2023, al cargo de Funcionaria Responsable de la entrega de información; Que, con Resolución de Alcaldía N° 104 del 1 de enero de 2023, se designó al señor Raúl Antonio Carranza Castagnola en el cargo de con fi anza de Asesor I, Nivel F-3, Plaza N° 01408, de la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR al señor Raúl Antonio Carranza Castagnola, Asesor I de la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, las funciones de Funcionario Responsable de brindar información, en virtud a lo establecidos en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en adición a su cargo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Personal el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Municipalidad Metropolitana de Lima proporcionen la información y documentación que solicite el Funcionario Responsable de brindar información encargado, en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2146759-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Fijan compensación económica mensual de alcalde y ratifican vigencia del artículo 2° del Acuerdo de Concejo N° 004-2019-MDA, que fijó monto de la dieta de regidores de la Municipalidad Distrital de Ate ACUERDO DE CONCEJO N° 003 Ate, 11 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de enero de 2023; el Informe N° 006-2023, N° 009-2023 y N° 021-2023-MDA/GAF-SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe N° 001-2023-MDA/GPE-SGP de la Subgerencia de Presupuesto; el Informe N° 008-2023-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 014-2023/MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Informe N° 006-2023-MDA/GAF- SGRH, la Subgerencia de Recursos Humanos señala que en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo N° 413-2019-EF, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, la Ley N° 28212, Ley que desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política en lo que se re fi ere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del estado y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que se efectuó la proyección