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52 NORMAS LEGALES Domingo 29 de enero de 2023 El Peruano / Artículo 2. El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 0337-MDSL/C, en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Ordenanza y su Anexo TUPA que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, así como también, se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del Artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad Distrital adecuarse a los cambios normativos que se produzcan posteriormente. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Luis así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza ratifi cada y en la normativa vigente. Dicha responsabilidad implica adoptar las medidas necesarias a efectos que, en relación de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el Artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. La publicación se deberá realizar; sin perjuicio que la Municipalidad normativamente, en el Anexo TUPA establezca la denominación válida de “Licencia de Edifi cación Modalidad B: Aprobación de proyecto con evaluación por la Municipalidad - Edi fi caciones para fi nes de vivienda unifamiliar, quinta, multifamiliar o condominios de vivienda unifamiliar y/o multifamiliar no mayores a cinco (5) pisos y que no superen los 3000 m2 de área techada”, la cual ha sido plasmado en el Anexo A del Informe y es responsabilidad de la propia Municipalidad. Así como, respecto a los trámites de Telecomunicaciones, Obras Públicas, Autorización de Espectáculos Públicos, Elementos de Publicidad Exterior, Registro Civil, Constancias, Reimpresiones y algunos trámites de Edi fi caciones y Habilitaciones Urbanas, se consigne y se describa el formulario aprobado para cada trámite. Los aspectos observados no inciden en el costeo de los trámites ni en la determinación del derecho trámite, por lo cual sea emitido pronunciamiento favorable en los referidos casos, siendo la adecuación responsabilidad de la propia Municipalidad. Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la difusión del presente Acuerdo a través de su página web (www.sat.gob.pe), así como del Informe del SAT. Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2137256-1 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 120 Lima, 1 de enero de 2023EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMACONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con el artículo 2 de la Resolución de Alcaldía N° 136 del 11 de enero de 2019, se designó al señor Rubén Emilio Parra Williams, Subgerente de Tecnologías de la Información de la Gerencia de Plani fi cación, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Ordenanza N° 2208-MML, publicada el 20 de enero de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) el cual incluye la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el numeral 9 del artículo 70 del citado reglamento señala que, entre las funciones y atribuciones de la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, se encuentra la de: “actualizar el Portal de Transparencia Estándar, Portal de Datos Abiertos, Portal Web, Intranet u otros de la Municipalidad Metropolitana de Lima, …” Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, mediante Resolución Directoral N° 11-2021-JUS-DGTAIPD se aprobó el Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública, en cuyo numeral 6.1 se establece que el Portal de Transparencia Estándar – PTE contiene información clasi fi cada en rubros temáticos y presentados en formatos estándares por las entidades obligadas, conforme a los plazos que establece el TUO de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública, pudiendo publicar información adicional que consideren pertinente en cada rubro temático; la cual tiene carácter y valor o fi cial, siendo responsabilidad de cada entidad pública, el registro y actualización correspondiente; Que, el numeral 6.3 del acotado Lineamiento señala que, el titular de la entidad designa al Funcionario Responsable del Portal de Transparencia Estándar – FRPTE, la que puede ser a un cargo o a una persona especí fi ca; designación que deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, en un lugar visible del portal institucional y en cada una de las sedes administrativas; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 136 del 11 de enero de 2019, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Subgerente de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER que los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, la información que les sea requerida por el funcionario designado, dentro de los plazos previstos en la normativa aplicable y en las condiciones que posibiliten el estricto cumplimiento de la función encomendada. Artículo Cuarto.- Precisar que se deja sin efecto cualquier dispositivo que resulte contrario a lo dispuesto mediante la presente resolución. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento de la Subgerencia de Personal, el contenido de la presente resolución.