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16 NORMAS LEGALES Martes 7 de febrero de 2023 El Peruano / 70.2 del artículo 70, precisa que entre las funciones de la O fi cina Regional de Atención a las Personas con Discapacidad (Oredis) y de la O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (Omaped), se encuentra el administrar el Registro Regional y el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, respectivamente, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; Que, en ese marco normativo, mediante la Resolución de Presidencia N° 004-2018-CONADIS/PRE del 17 de enero de 2018 se aprueba la Directiva N° 001-2018- CONADIS/PRE “Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad”, la cual tiene por objeto establecer los lineamientos para la constitución e implementación de los registros regionales municipales de la persona con discapacidad, así como la gestión de los recursos humanos, infraestructura, equipo y presupuesto con los que deben contar dichos registros, en ejercicio del rol rector del CONADIS; Que, a través, del Informe N° D000260-2022- CONADIS-DPI la Dirección de Políticas e Investigaciones, presenta y sustenta la propuesta de Directiva que Regula y Orienta la Gestión de la Información en Materia de Discapacidad en los Registros Administrativos de las Entidades Públicas Prestadoras de Bienes y Servicios (en adelante el Proyecto de Directiva) de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 003- 2021-CONADIS-SG “Normas y Procedimientos para la Formulación, Modi fi cación y Aprobación de los Documentos Normativos en el CONADIS”, aprobada por la Resolución de Secretaría General N° 025-2021-CONADIS/SG, y precisa que la Directiva N° 001-2018-CONADIS/PRE, no presenta pautas sobre los pasos que deben seguir los responsables de la gestión de los registros, se centra en el procedimiento de la creación de los registros y no en el proceso de la gestión de la información en materia de discapacidad y no está alineado a lo establecido en el Reglamento de la LGPCD; Que, la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° D000003-2023-CONADIS-LAQ-OPPM del 9 de enero de 2023, emite opinión técnica favorable al Proyecto de Directiva y señala que cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad y de la O fi cina de Tecnologías de la Información; Que, el numeral 7.5.1 de la Directiva N° 003-2021-CONADIS-SG, dispone que la derogación se da cuando el documento normativo pierde vigencia debido a un cambio de legislación, derogación de la norma de origen, obsolescencia, duplicidad, pérdida de vigencia o modi fi caciones tecnológicas u organizacionales de la entidad; en el presente caso, nos encontrarnos frente a cambios organizacionales de la entidad al haberse aprobado el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, mediante la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE, por lo que corresponde la derogación de la referida Directiva N° 001-2018- CONADIS/PRE y aprobar el proyecto de directiva propuesta por la Dirección de Políticas e Investigaciones; Que, mediante el Informe N° D000033-2023- CONADIS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que resulta jurídicamente viable aprobar la Directiva denominada: Directiva que regula y orienta la gestión de información en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicio, mediante Resolución de Presidencia, en cumplimiento del subnumeral 6.5 del numeral 6 de la Directiva N° 003-2021-CONADIS-SG; Con el visto bueno de la Dirección de Políticas e Investigaciones, de la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y modi fi catorias; la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad y sus modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, aprobado mediante la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; la Directiva N° 003-2021-CONADIS-SG: “Normas y Procedimientos para la Formulación, Modi fi cación y Aprobación de los Documentos Normativos en el CONADIS”, aprobada mediante la Resolución de Secretaría General N° 025-2021-CONADIS-SG; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR, la Directiva N° D000003- 2023-CONADIS-PRE denominada “Directiva que Regula y Orienta la Gestión de Información en Materia de Discapacidad en los Registros Administrativos de las Entidades Públicas Prestadoras de Bienes y Servicio”, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. Articulo 2.- DEROGAR, la Directiva N° 001-2018-CONADIS/PRE “Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad” y sus anexos, aprobada mediante la Resolución de Presidencia N° 004-2018-CONADIS-PRE del 17 de enero de 2018. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis). Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIO GILBERTO RÍOS ESPINOZA Presidente (e)Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2149354-1 PRODUCE Designan Directora General de la Dirección General de Acuicultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000044-2023-PRODUCE Lima, 6 de febrero de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00285-2022-PRODUCE, se designó al señor Rodolfo Alejandro Espinoza Ruíz, en el cargo de Director General de la Dirección General de Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, siendo necesario dar por concluida dicha designación; así como designar a la persona que ejercerá dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización