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59 NORMAS LEGALES Jueves 23 de febrero de 2023 El Peruano / Medicina, el cual fue expedido por esta Universidad el 20.06.1989, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, Constancia N° 010-2021 expedida por la Ofi cina de Grados y Títulos; así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cios Nros. 0828-2021 y 057-2023-OGT-SG-UNFV de fechas 04.11.2021 y 13.01.2023 respectivamente, señalan que se expidió con fecha 20.06.1989 el Diploma de Grado de Bachiller en Medicina a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 36, Folio N° 22 y Registro N° 27907, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señalan que lo solicitado por doña LIDIA YSIDORA FIGUEROA BARRETO cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Medicina, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley N° 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en los Informes Legales Nros. 1025-2021 y 055-2023-OCAJ-UNFV, de fechas 11.11.2021 y 17.01.2023, a lo señalado por el Vicerrector Académico en Informe N° 325-2021-VRAC-UNFV de fecha 24.11.2021 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 0394-2023-R-UNFV, de fecha 24.01.2023; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 044 de fecha 30.01.2023, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Medicina, otorgado por la Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña LIDIA YSIDORA FIGUEROA BARRETO; De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 9709-2021-UNFV, de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. N° 479-2022-CU-UNFV, de fecha 27.06.2022; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, otorgado por la Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina “Hipólito Unanue” de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña LIDIA YSIDORA FIGUEROA BARRETO (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 36, Folio Nº 22, Registro Nº 27907 y fecha de expedición 20.06.1989, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo. - La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora 2153569-1Autorizan expedición de duplicado de diploma de Título de Especialista en Cardiología, otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN R. Nº 1319-2023-CU-UNFV San Miguel, 2 de febrero de 2023 Visto, el expediente con NT. 59574, de fecha de recepción 26.11.2021, seguido por doña YOLANDA ROCÍO PALOMINO VILCHEZ, egresada de la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Especialista en Cardiología, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento de fecha 28.10.2020, doña YOLANDA ROCÍO PALOMINO VILCHEZ solicita duplicado de diploma de Título de Especialista en Cardiología, el cual fue expedido por esta Universidad el 23.11.2005, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia del Diploma de Título de Especialista en Cardiología; así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cios Nros. 0970-2021 y 058-2023-OGT-SG-UNFV de fechas 28.11.2021 y 13.01.2023 respectivamente, señalan que se expidió con fecha 23.11.2005 el Diploma de Título de Especialista en Cardiología a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 04, Folio N° 18 y Registro N° 2591, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por YOLANDA ROCÍO PALOMINO VILCHEZ cumple con los requisitos para el otorgamiento