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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (23/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 23 de febrero de 2023 El Peruano / Nº Apellidos y NombresBachiller en Ciencias con mención enFecha de Otorgamiento de Diploma 1TEJADA HERRERA, Renzo AlbertoIngeniería de Minas18.07.2018 Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector 2153551-1 Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN Nº R-0030-2023-UNSAAC Cusco, 18 de enero de 2023EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO. VISTO, el O fi cio Nro. 000900-2022-CG/SGE signado con el Expediente N° 478686, que contiene los actuados respecto a la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 31638 se aprobó el presupuesto del Sector Público correspondiente al año Fiscal 2023 y con Resolución R-1297-2022-UNSAAC de fecha 29.12.2022. se aprobó el presupuesto Institucional de Apertura de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para el Año Fiscal 2023. Que, el artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, Ley 31358, que establece medidas para la expansión del control concurrente, que permite el fi nanciamiento y ejercicio oportuno, efectivo y efi ciente del control concurrente a inversiones e iniciativas de contrataciones bajo su ámbito de aplicación, así como facilitar la ejecución del control concurrente por parte de la Contraloría General de la República a las inversiones e iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyen inversión, con valor total de inversión y monto convocado respectivamente mayores a los diez (10) millones de soles. Que, según el anexo N° 01 de la Directiva N° 018- 2022-CG/GMPL1; para el fi nanciamiento del control concurrente, la referida Ley establece que, debe destinarse hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de la Inversión, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro der su estructura de costos, como costos indirectos u otros costo, un rubro denominado “control concurrente” Que, mediante o fi cio N° 000900-2022-CG/SGE, de fecha 30 de noviembre del 2022, la Contraloría General de la República, en el marco del artículo 4° de la Ley 31358 Ley que establece las medidas para la expansión del Control concurrente, para el fi nanciamiento de este mecanismo de control autoriza a las entidades efectúen transferencias fi nancieras a favor del pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), a cuyo efecto se autoriza a los pliegos involucrados a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la referida Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” en ese sentido a través del precitado o fi cio a fi n de dar cumplimiento al mandato establecido se presenta el detalle del monto determinado a ser transferido para fi nanciar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutados para la inversión a cargo de la Entidad para el Proyecto de Inversión con CIU 2199844 denominado: “FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE PARA EL PROCESO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN LA UNSAAC-CUSCO” que previa coordinación con la Unidad Ejecutora de Inversiones, se ha determinado la suma de dos millones ciento ochenta y tres mil setecientos ochenta y nueve con 00/100 soles (S/ 2 183 789.00). Que, en efecto la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, expide el informe de disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 000000001-2023, precisando la existencia de crédito presupuestario para atender lo solicitado, según anexo que forma parte de la presente Resolución; Que, obra en el Expediente el O fi cio Nro. 046-2023-DIGA-UNSAAC, a través del cual la Directora General de Administración señala, considerando el Ofi cio Nº 006-2023-UEI-DIGA- UNSAAC, cursado por el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, que adjunta el Informe Nº 08-A “Registros en la Fase de ejecución” , en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 31358 Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y estando a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nª 0000000001, a la Ley 31638 que aprueba el presupuesto del Sector Público 2023 y la Resolución Nº R-1297-2022-UNSAAC, que aprueba el presupuesto Institucional de Apertura PIA de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, solicito se sirva disponer la emisión de Resolución, disponiendo la transferencia requerida para la Contraloría General de la República, Estando a lo solicitado, Ley 31638 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023,y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 511 Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, la suma de DOS MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/ 2 183 789.00), por la fuente de fi nanciamiento 5 Recursos Determinados; rubro : 18 Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones; a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República; con la fi nalidad de fi nanciar el Servicio de Control Concurrente del Proyecto de Inversión con CIU 2199844 denominado: “FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE PARA EL PROCESO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN LA UNSAAC-CUSCO”. Segundo.- ESTABLECER, que los recursos fi nancieros materia de la transferencia autorizada, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Tercero.- DISPONER; a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, coordinen realizar las acciones administrativas pertinentes, a través de sus unidades orgánicas competentes, para la realización de la transferencia fi nanciera a que se re fi ere el artículo precedente, debiendo informar al Titular de Pliego del resultado de tales acciones. Cuarto.- ENCARGAR; a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, cumpla con realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Página Web de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector 2154240-1