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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (23/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 23 de febrero de 2023 El Peruano / interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, en el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en adelante, el TUO de la LPAG, establece que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de la misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto del recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; salvo las excepciones establecidas en el numeral 78.2 del artículo 78 del TUO de la LPAG; Que, el numeral 85.1 del artículo 85, del referido cuerpo normativo establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la Ley; Que, el numeral 85.2 del artículo 85 de dicha norma, señala que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y en la evaluación de resultados; Que, bajo este marco normativo se emitió la Resolución Directoral N° 000001-2023- OTASS-DE de fecha 06 de enero de 2023, mediante la cual se delega facultades a diversos órganos y unidades orgánicas del OTASS durante el ejercicio presupuestal 2023, entre las cuales, en el numeral 1.1 del artículo 1, se delega a la Gerencia General diversas facultades en materia de gestión; Que, mediante Proveído N° 000672-2023-OTASS- DE, la Dirección Ejecutiva solicita se evalúe ampliar la delegación de facultades otorgada a la Gerencia General en materia de gestión a través de la Resolución Directoral N° 00001-2023-OTASS-DE, en el extremo referido a delegar en la Gerencia General, la facultad establecida en el inciso l) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, que dice: “Autorizar los requerimientos para la contratación de personal del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, bajo cualquier modalidad”; Que, el artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, ha previsto la de fi nición del Titular de la Entidad, señalando que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende por tal, a la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, mediante Informe Legal N° 000034-2023-OTASS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal, señalando que resulta legalmente viable modi fi car el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Directoral N° 000001-2023-OTASS-DE, a fi n de ampliar la delegación de facultades otorgada a la Gerencia General en materia de gestión, para incluir la facultad de autorizar los requerimientos para la contratación de personal del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, bajo cualquier modalidad; Con los vistos de la Gerencia General y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de la Resolución Directoral N°000001-2023-OTASS-DE Modi fi car el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Directoral N° 000001-2023-OTASS-DE, el cual queda redactado como queda detallado a continuación: “Artículo 1.- Delegación de facultades a la Gerencia General Delegar en la Gerencia General del OTASS, durante el ejercicio presupuestal 2023, las siguientes facultades: 1.1 En materia de gestión: […]e) Autorizar los requerimientos para la contratación de personal del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, bajo cualquier modalidad. Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a la Gerencia General para conocimiento, cumplimiento y fi nes. Artículo 3.- Comunicación Remitir copia de la presente Resolución a todos los órganos y unidades orgánicas del OTASS. Artículo 4.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.ANDRÉS JAVIER MORALES MORALES Director Ejecutivo 2154185-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Disponen la habilitación anual de Martilleros Públicos para el año 2023, y dictan diversas disposiciones ZONA REGISTRAL N° IX - SEDE LIMA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 098-2023-SUNARP/ZRIX/JEF Lima, 17 de febrero de 2023VISTOS:La Resolución jefatural N°162-2022-SUNARP-ZRIX/ JEF de fecha 11 de marzo de 2022; el Informe Nº00096-2023-SUNARP/ZRIX/UREG/CBM de fecha 13 de febrero de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, en aplicación de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N°26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, se dictó la Resolución Ministerial N°143-95-ITINCI/DM de fecha 06 de octubre de 1995, mediante la cual se dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Públicos al Sistema Nacional de los Registros Públicos a partir del 16 de octubre de 1995;