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10 NORMAS LEGALES Sábado 29 de julio de 2023 El Peruano / resultan aplicables las disposiciones legales referidas a la captura incidental del Recurso Anchoveta ( Engraulis ringens ) y Anchoveta Blanca ( Anchoa nasus ) en tallas menores a la establecida, o a la captura incidental de otros recursos distintos a la anchoveta, siempre y cuando hayan sido extraídos cumpliendo las directrices e indicaciones del personal del IMARPE y las medidas señaladas en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. 5.4 La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, para fi nes de investigación, remite diariamente al IMARPE por medios electrónicos, información de reportes de calas, información sobre descargas y del muestreo del recurso anchoveta, y facilita la información obtenida del SISESAT. Artículo 6. Actividades de investigación El IMARPE en el plazo de cuatro (4) días hábiles de culminada la Pesca Exploratoria presenta a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura el informe fi nal con los resultados obtenidos para la adopción de medidas que resulten necesarias. Artículo 7. Difusión y cumplimiento de la Resolución Ministerial La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, así como la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 8. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2200171-1 Designan asesor de la Gerencia General del Instituto Nacional de Calidad – INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 077-2023-INACAL/PE Lima, 26 de julio de 2023VISTO: El Memorando N° 116-2023-INACAL/GG de la Gerencia General; el Informe N° 111-2023-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 323-2023-INACAL/OA de la O fi cina de Administración; y, el Informe N° 170-2023-INACAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, constituye Pliego Presupuestal y es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 319-2015-PRODUCE, cuyo reordenamiento ha sido dispuesto mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 032-2023-INACAL/PE, considera, entre otros, el cargo estructural de asesor de la Gerencia General, clasi fi cado como un puesto de Empleado de Con fi anza (EC), el cual se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la persona que lo desempeñará; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Ofi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; y el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 31 de julio de 2023, al señor Hans Heinrich Behr Lescano en el cargo de asesor de la Gerencia General del Instituto Nacional de Calidad – INACAL. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ Presidente EjecutivoInstituto Nacional de Calidad 2199999-1 Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 463-2023-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 27 de julio de 2023VISTOS: El Informe Nº 119-2023-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe Nº 088-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 387-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando Nº 044-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.CT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE; Que, mediante Ley Nº 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 013-2020 y en el Decreto Supremo Nº 225-20-EF; Que, Mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación,