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5 NORMAS LEGALES Viernes 2 de junio de 2023 El Peruano / 337,00 (Trescientos Cuatro Millones Doce Mil Trescientos Treinta y Siete y 00/100 Soles) por toda fuente de fi nanciamiento, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; en cuyo Anexo N° 1 se encuentra el Ministerio del Ambiente por el importe total de S/ 249 984,00, de los cuales el importe de S/ 237 888,00 corresponde al 100% de la retribución económica (incluido IGV), y el importe de S/ 12 096,00 corresponde al 6% del servicio de designación y supervisión de auditoría; Que, mediante O fi cio N° 000388-2023-CG/GAD, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la O fi cina General de Administración del Ministerio del Ambiente, entre otros, realizar la transferencia fi nanciera por concepto de retribución económica (incluye IGV) del periodo 2023 para la contratación de la Sociedad de Auditoría (SOA) por el importe de S/ 237 888,00; Que, mediante el Informe N° 00183-2023-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, señala que se encuentra aprobada la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 000000304 por el importe total de S/ 237 888,00, la cual garantiza que se cuenta con los créditos presupuestarios disponibles para la autorización de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por dicho importe correspondiente al 100% de la retribución económica para la contratación de la Sociedad de Auditoría del periodo auditado 2023; Que, a través del Memorando N° 00679-2023-MINAM/ SG/OGA, la O fi cina General de Administración en atención al Informe N° 00153-2023-MINAM/SG/OGA/OF de la O fi cina de Finanzas, comunica a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto que se encuentran certi fi cados los recursos por la suma de S/ 237 888,00 para realizar la transferencia fi nanciera de la retribución económica del periodo 2023 para la contratación de la Sociedad de Auditoría (SOA); Que, con Informe N° 00346-2023-MINAM/SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la propuesta de autorización de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/ 237 888,00 (Doscientos Treinta y Siete Mil Ochocientos Ochenta y Ocho y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para fi nanciar el pago del cien por ciento (100%) de la retribución económica para la contratación de la Sociedad de Auditoría del periodo auditado 2023 del Ministerio del Ambiente, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para lo cual la O fi cina General de Administración debe efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2183307-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban la Cuarta Adenda al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo de Apoyo Empresarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE- TURISMO) a ser suscrito por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 160-2023-MINCETUR Lima, 31 de mayo de 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 076-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al fi nanciamiento de la micro y pequeña empresa del Sector Turismo para la reducción del impacto del COVID-19 y otras medidas, se aprueban medidas extraordinarias, en materia económica y fi nanciera, que