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20 NORMAS LEGALES Viernes 2 de junio de 2023 El Peruano / Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 011-2022, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y fi nanciera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ” y para fi nanciar actividades de promoción de la inversión privada; se aprueban medidas extraordinarias, complementarias, en materia económica y fi nanciera, con el objeto de que las ESF con recursos propios puedan reprogramar los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ”; Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto de Urgencia, se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecúa el Reglamento Operativo del Programa “Reactiva Perú” a lo dispuesto en el referido Decreto de Urgencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 131-2022- EF/15, se incorpora al Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, entre otros, el artículo 21-A, referido a los requisitos de acceso para la reprogramación de los créditos de REACTIVA PERÚ establecido en el Decreto de Urgencia Nº 011-2022; Que, mediante la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto de Urgencia Nº 013- 2023, Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales en materia económica y fi nanciera para proteger la estabilidad del sistema micro fi nanciero, crea el Programa de fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en micro fi nanzas y brinda facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ”; se modi fi ca el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 011-2022, referido a los requisitos de acceso para la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ”; Que, es necesario modi fi car el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF-15; con el propósito de adecuar el mismo a lo establecido por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto de Urgencia Nº 013-2023; De conformidad con lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 011-2022, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y fi nanciera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ” y para fi nanciar actividades de promoción de la inversión privada; y, en la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto de Urgencia Nº 013-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales en materia económica y fi nanciera para proteger la estabilidad del sistema micro fi nanciero, crea el Programa de fortalecimiento patrimonial de las instituciones especializadas en micro fi nanzas y brinda facilidades de pago a las empresas que tienen créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ”; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi cación del Reglamento Operativo del Programa REACTIVA PERÚ Modifícar el numeral 21.1-A del artículo 21-A del Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF/15; el cual queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 21-A. Requisitos de acceso para la REPROGRAMACIÓN DE LOS CRÉDITOS DE REACTIVA PERÚ establecido en el DECRETO DE URGENCIA Nº 011-2022 21.1-A Pueden acceder o acogerse a la REPROGRAMACIÓN DE CRÉDITOS DE REACTIVA PERÚ DECRETO DE URGENCIA Nº 011-2022, las EMPRESAS DEUDORAS bene fi ciarias de REACTIVA PERÚ que cuenten con una GARANTÍA vigente y que sean presentadas por las ESF, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:a) Contar con PRÉSTAMOS menores a S/ 750 000.00 (Setecientos cincuenta mil y 00/100 soles) en total, en el marco de REACTIVA PERÚ. b) Para el caso de PRÉSTAMOS otorgados por un monto igual o mayor a S/ 750 000,00 (Setecientos cincuenta mil y 00/100 soles) y hasta S/ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 soles) en total, se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 30% en el cuarto trimestre del año 2022 con relación al cuarto trimestre del año 2019. Este requisito no se exige a los PRÉSTAMOS otorgados a las empresas del sector turismo, según la base de datos de COFIDE en su calidad de administrador de REACTIVA PERÚ.” Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2183497-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0682-2023-IN Lima, 1 de junio de 2023VISTOS, el O fi cio N° 747-2023-COMASGEN-CO PNP/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 001151-2023/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Cartas N° FY023.088 y N° Fy023.092 de fechas 15 y 17 de mayo de 2023, respectivamente, el Agente Especial a Cargo de la Administración para el Control de Drogas (DEA por sus siglas en inglés) del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América en Lima, solicita a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú se autorice la salida al exterior del Teniente General PNP Victor Ysaias Montoya Mori y del General PNP Jose Arturo Ludeña Condori, para que asistan a la “Ceremonia de Clausura del Curso Básico de Capacitación del Programa SIU”, a efectuarse el 9 de junio de 2023, en las instalaciones académicas de la ciudad de Quántico, del Estado de Virginia de los Estados Unidos de América, precisando que el viaje se llevará a cabo entre el 7 y el 11 de junio de 2023 y que la DEA asumirá los costos de los pasajes aéreos, los viáticos y estadía para el periodo del 8 al 10 de junio de 2023, mientras que los viáticos y estadía para los días 7 y 11 de junio, deberán de ser asumidos por los viajeros; Que, mediante los Informe Nos. 012-2023-IGPNP/ SEC-OFAD/AREREHUM de fecha 25 de mayo de 2023 y N° 038-2023-COMASGEN CO PNP/DIRNIC/DIRANDRO/SEC UNICNI de fecha 24 de mayo de 2023, la Inspectoría General de la PNP y la Dirección Antidrogas de la PNP, respectivamente, sustentan la importancia y la viabilidad de la participación del Teniente General PNP Victor Ysaias Montoya Mori y del General PNP Jose Arturo Ludeña Condori, en la “Ceremonia de Clausura del Curso Básico de Capacitación del Programa SIU”; Que, con la Hoja de Estudio y Opinión N° 164-2023-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 25 de mayo de 2023, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General PNP Victor Ysaias Montoya Mori y del General PNP Jose Arturo Ludeña Condori, del 7 al 11 de junio de 2023, a las instalaciones académicas de la ciudad de Quántico, del Estado de Virginia de los Estados Unidos de América,