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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (14/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 31787 LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635, A FIN DE ESTABLECER UN NUEVO CRITERIO PARA LA DETERMINACIÓN DEL UMBRAL DELICTIVO ENTRE DELITO Y FALTA Artículo único.- Modi fi cación del artículo 444 del Código Penal, Decreto Legislativo 635 Se modi fi ca el artículo 444 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, en los siguientes términos: “Artículo 444. Hurto simple y daño El que realiza cualquiera de las conductas previstas en los artículos 185 y 205, cuando la acción recae sobre un bien cuyo valor no sobrepase el diez por ciento de una unidad impositiva tributaria (UIT), será reprimido con prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ciento veinte jornadas o con sesenta a ciento ochenta días multa, sin perjuicio de la obligación de restituir el bien sustraído o dañado. La misma pena se impone si el agente realiza la conducta prevista en el primer párrafo del artículo 189-A, cuando la acción recae sobre ganado cuyo valor no sobrepasa el diez por ciento de una unidad impositiva tributaria (UIT)”. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil veintitrés. JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZA PATA Presidente del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2187001-1PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a la República del Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN SUPREMA N° 090-2023-PCM Lima, 13 de junio de 2023VISTOS: La Hoja de Trámite (GAB) N° 920 del Despacho Ministerial, de 12 de junio de 2023; el Memorándum (LEG) N° LEG01139/2023, de la O fi cina General de Asuntos Legales, de 12 de junio de 2023, y, el Memorándum (OAP) N° OAP01736/2023, de la O fi cina de Administración de Personal, de 12 de junio de 2023; CONSIDERANDO:Que, es objetivo de la política exterior del Perú fortalecer las relaciones para la integración y la cooperación con los países del hemisferio, en particular con los países limítrofes; Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz participará en la ceremonia de inauguración del Centro Binacional de Atención en Frontera (CEBAF) Macará - La Tina, en la ciudad de Macará, República del Ecuador, el 14 de junio de 2023; Que, en el referido acto, la señora Canciller suscribirá, junto a su homólogo ecuatoriano, el Acuerdo para la Operatividad del CEBAF Macará-La Tina, ubicado en el Eje Vial N° 3 Loja-Sullana; que permitirá, a través de un control integrado del fl ujo de personas, vehículos y mercancías, dinamizar el intercambio comercial y turístico entre el Perú y Ecuador; Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional la participación en el citado evento de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en consideración de la importancia del mismo; Que, la señora Canciller se desplazará por vía terrestre desde la ciudad de Piura, departamento de Piura, a la ciudad de Macará, República del Ecuador; por lo que la presente comisión de servicios no irrogará gastos al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio