Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (14/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de junio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2187001-2 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 115-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el literal c) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, asigna en el presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta la suma de S/ 83 492 336,00 (OCHENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, destinados, exclusivamente, para el fi nanciamiento de los fi nes del Fondo Sierra Azul; asimismo, se dispone que, durante el Añ o Fiscal 2023, el Fondo Sierra Azul fi nancia y/o co fi nancia inversiones en materia de riego, apoyo al desarrollo productivo, siembra y cosecha de agua y riego tecni fi cado viables o inversiones de optimización de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, presentados por los tres niveles de gobierno y cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, gobiernos regionales y gobiernos locales. Para ello, las inversiones deben encontrarse bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones, contar con expediente técnico o documento equivalente aprobado, vigente y registrado en el Banco de Inversiones, y estar registradas en la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones correspondiente. Para tal fi n, se autoriza al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, durante el Año Fiscal 2023, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, previa suscripción del convenio respectivo, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego, a propuesta de esta última; Que, el numeral 18.2 del artículo 18 de la Ley N° 31638, señala que los decretos supremos que trans fi eren los recursos al que se re fi ere el literal c) del numeral 18.1 del precitado artículo, se publican hasta el 30 de junio de 2023; y, que las propuestas de los referidos decretos supremos deben ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas en un plazo máximo de quince (15) días útiles antes de dicha fecha; Que, mediante el O fi cio N° 0939-2023-MIDAGRI-SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Añ o Fiscal 2023, a favor de diversos gobiernos locales, hasta por la suma de S/ 34 526 535,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, para fi nanciar siete (07) inversiones; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 124-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de dicho Ministerio, con el respectivo sustento;Que, mediante el Memorando N° 0213-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, emite opinión respecto a las inversiones propuestas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, señalando que las siete (07) inversiones no presentan comentarios en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, encontrándose viables, activas con expediente técnico aprobado e incluidas en el PMI (2023-2025); Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Añ o Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 34 526 535,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego a favor de diversos gobiernos locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 18.1 y el numeral 18.2 del artículo 18 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Añ o Fiscal 2023; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Añ o Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 34 526 535,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor de diversos gobiernos locales, para fi nanciar siete (07) inversiones bajo el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en el marco de lo señalado en el literal c) del numeral 18.1 del artí culo 18 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2023, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura – Administración Central PROGRAMA PRESUPUESTAL 0042 : Aprovechamiento de los recursos hídricos para uso agrario PROYECTO 2005898 : Construcción de sistema de riego FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 34 526 535,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 34 526 535,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 34 526 535,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 34 526 535,00 ============ 1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales”, que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano.