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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (14/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de junio de 2023 El Peruano / General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Moisés Hinostroza Pizarro, al cargo de Director de la Dirección de Gestión de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Alberto Núñez Leonardo, en el cargo de Director de la Dirección de Gestión de Inversiones de Infraestructura Hidráulica y Riego de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíqueseNELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2186653-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de un Gobierno Local y dicta otra disposición DECRETO SUPREMO Nº 114-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, a cargo de los gobiernos regionales o de los gobiernos locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio, el cual debe suscribirse por el costo total de la inversión o monto pendiente de fi nanciamiento respecto al costo total de la inversión y debe precisar i) el presupuesto multianual requerido hasta la culminación de la inversión y, ii) los montos a fi nanciar en cada año fi scal por parte del Gobierno Nacional y, de corresponder, por los gobiernos locales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; asimismo, dispone que los decretos supremos que aprueban las transferencias de recursos en el marco del presente artículo se publican hasta el 16 de junio de 2023 y las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 24 de mayo de 2023; Que, asimismo, el numeral 14.2 del artículo 14 de la Ley N° 31638, establece que las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, cuyo fi nanciamiento sea propuesto en el marco del citado artículo, deben contar con la opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, o la que haga sus veces, y la unidad orgánica competente, según corresponda, sobre el cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización aprobados por el Sector, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones del Sector, a fi n de veri fi car que se encuentren alineadas con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones; asimismo, dispone que para el caso de las referidas inversiones que no cuenten con expediente técnico o documento equivalente, la transferencia de recursos se efectúa solo para fi nanciar la elaboración de dichos documentos, y deben cumplir con las condiciones señaladas en el numeral 14.1 del citado artículo; Que, los numerales 14.3 y 14.4 del artículo 14 de la Ley N° 31638, disponen que los pliegos del Gobierno Nacional, que trans fi eran recursos en el marco del citado artículo son responsables de la veri fi cación y seguimiento, lo que incluye el avance físico y fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; así como de la emisión de un informe técnico sobre el avance físico y fi nanciero de la ejecución de las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, mediante el O fi cio N° 00000037-2023-PRODUCE/DM, el Ministerio de la Producción solicita se autorice una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Municipalidad Distrital de Indiana, hasta por la suma de S/ 10 035 377,00 (DIEZ MILLONES TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y ampliación del mercado municipal de la localidad de Indiana del distrito de Indiana - provincia de Maynas - Departamento de Loreto” con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2450132; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00000119-2023-PRODUCE/OP, el Informe N° 00000120-2023-PRODUCE/OPMI, el Informe N° 0000029-2023-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP-crondon-mvasallo y el Informe N° 0000031-2023-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP-crondon-mvasallo, elaborados por la O fi cina de Presupuesto y la O fi cina de Programacion Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Área de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva del citado Ministerio, con el respectivo sustento; Que, mediante el Memorando N° 0275-2023- EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe N° 0172-2023-EF/63.04, en el cual emite opinión respecto a la inversión propuesta, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, señalando que se evidencia el pronunciamiento de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones y del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva del Ministerio de la Producción,