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11 NORMAS LEGALES Viernes 3 de marzo de 2023 El Peruano / Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 3 días x 40% US$ 444.00 -------------------------- Total a pagar: US$ 444.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Almirante comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular del Ministerio de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2155889-1 Autorizan viaje de oficial FAP a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0176-2023-DE Lima, 27 de febrero de 2023 VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000104-2023-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 00198-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00267-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio N° 0433/MAAG/AFSEC, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América (GRUCAM) hace extensiva la invitación a la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú para que el Coronel FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA participe en el Seminario Inaugural de Graduados Sobresalientes (International Alumni of Distinction Seminar, IADS), a realizarse en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 7 al 9 de marzo de 2023; asimismo, precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta, alimentación y hospedaje serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, a excepción de gastos de transporte interno; Que, a través del Informe Técnico Legal N° 096-DEAJ 2022, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA para que participe en el Seminario Inaugural de Graduados Sobresalientes (International Alumni of Distinction Seminar, IADS), en el lugar y fechas programadas; Que, por medio del O fi cio FAP N° 001073-2022-DIGED/ FAP, la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, y solicita gestionar el proyecto de resolución ministerial correspondiente; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos, adjunta al O fi cio FAP N° 001073-2022-DIGED/FAP, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado O fi cial Superior para participar en el Seminario Inaugural de Graduados Sobresalientes (International Alumni of Distinction Seminar, IADS); por cuanto le permitirá prepararse para liderar con éxito a nivel estratégico en un entorno conjunto y de coalición, exhibir los rasgos esenciales para la profesión de armas promoviendo el empleo estratégico adecuado del poder aéreo, desarrollar estrategias militares que alcancen los objetivos de la estrategia de seguridad nacional, así como analizar de manera crítica situaciones político-militar complejas y articular el pensamiento estratégico; Que, asimismo, el acotado documento señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y vuelta, tarifa única de uso de aeropuertos, alojamiento y alimentación, a excepción de transporte local para el participante, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través del GRUCAM; razón por la cual, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográ fi ca para gastos de transporte local, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Que, adicionalmente, con relación a la designación del O fi cial propuesto para participar en el acotado evento internacional, se precisa que el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América (GRUCAM), mediante O fi cio N° 0433/MAAG/AFSEC, señala que ha sido seleccionado por haber obtenido una alta cali fi cación durante su participación como estudiante en la Universidad del Aire; Que, conforme a la Hoja de Gastos Nº 0001 DGVC- ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza el fi nanciamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos en misión de estudios en el exterior, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG; Que, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000002, emitido por el Jefe del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en