Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2023 (03/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 3 de marzo de 2023 El Peruano / el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Extra FAP N° 000104-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza el viaje, en misión de estudios, del Coronel FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA para participar en el Seminario Inaugural de Graduados Sobresalientes (International Alumni of Distinction Seminar, IADS), a realizarse en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 7 al 9 de marzo de 2023; así como, autorizar su salida del país el 6 de marzo y su retorno el 10 de marzo de 2023; Que, a través del O fi cio N° 00198-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 037-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, que contiene la opinión técnica favorable a la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del mencionado personal militar FAP que participará en el curso internacional; Que, mediante el Informe Legal N° 00267-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA en el Seminario Inaugural de Graduados Sobresalientes (International Alumni of Distinction Seminar, IADS), a realizarse en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP Fidel Ernesto CASTRO HERRERA, identi fi cado con NSA Nº O-9657996 y DNI Nº 10558101, para participar en el Seminario Inaugural de Graduados Sobresalientes (International Alumni of Distinction Seminar, IADS), a realizarse en la ciudad de Montgomery, Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 7 al 9 de marzo de 2023; así como, autorizar su salida del país el 6 de marzo y su retorno el 10 de marzo de 2023. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente concepto: Viáticos: US$ 440.00 x 3 días x 1 personas x 20% US$ 264.00 ----------------- Total a pagar: US$ 264.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2155891-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Pichis Palcazú – PEPP RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0072-2023-MIDAGRI Lima, 2 de marzo de 2023 VISTOS: El Memorando N° 2069-2022-MIDAGRI-SG/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0172-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OM, de la O fi cina de Modernización, sobre la propuesta de aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Pichis Palcazú - PEPP presentada por su Director Ejecutivo mediante el O fi cio N° 436-2022-MIDAGRI- PEPP-CD/DE y, el Informe N° 0118-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 31075 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, se establece entre otros, que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo N° 137-80-AA, se crea el Proyecto Especial Pichis Palcazú – PEPP, dependiente del entonces Instituto Nacional de Desarrollo – INADE; entidad fusionada conforme al artículo 2 del Decreto Supremo N° 030-2008-AG al Ministerio de Agricultura hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, entidad absorbente incorporando al Proyecto Especial en la estructura orgánica de este Ministerio; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0153-2016-MINAGRI, se aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Pichis – Palcazú, modi fi cada con Resolución Ministerial N° 0390-2017-MINAGRI; Que, mediante Decreto Supremo N° 098-2021-PCM, se aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, que dependen de cada Ministerio, en el cual el Proyecto Especial Pichis Palcazú es cali fi cado como Proyecto Especial, desde el punto de vista organizacional, bajo la dependencia del MIDAGRI; Que, el numeral 18.4 del artículo 18 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establecen que los proyectos especiales cuentan con una estructura funcional que se desarrolla en el Manual de Operaciones y se representa en un organigrama; Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, señalan que el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura funcional de los programas y los proyectos especiales;