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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2023 (27/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Lunes 27 de marzo de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Convocan al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD del distrito de San Luis, para el periodo 2023- 2025 DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2023-MDSL/A San Luis, 2 de marzo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Informe Legal N° 067-2023-MDSL/GAJ, de fecha 20 de febrero del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 048-2023-MDSL/SG-SGIIPV, de fecha 02 de febrero del 2023, expedido por la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal; respecto a la Convocatoria al Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD del distrito de San Luis para el Periodo 2023-2025; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, señala que: “Las municipalidades provinciales y distritales son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia” ; Que, el artículo 102° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde quien lo preside, los regidores y por los representantes de las organizaciones de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; Que, el artículo 11° del Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital de San Luis, aprobado mediante Ordenanza Nº 216-MDSL, establece: “El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía convoca a elecciones de los representantes de las organizaciones del distrito de San Luis ante el Consejo de Coordinación Local, con una anticipación no menor a sesenta (60)