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9 NORMAS LEGALES Lunes 27 de marzo de 2023 El Peruano / mensuales para cada periodo anual, en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, el sub numeral 6.2 del artículo 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que para contar con el Plan Operativo Anual, la entidad con base en el Plan Operativo Institucional Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad, para ello una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, con Resolución de Consejo Directivo N° 063-2022-CD-OSITRAN de fecha 21 de diciembre del 2022, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2023 del Ositrán, el cual comprende la programación anual de las actividades operativas e inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales defi nidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ositrán; Que, el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, re fi ere que el Plan Operativo Institucional se modi fi ca cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e inversiones, que estén relacionados con el mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del Plan Estratégico Institucional; Que, mediante Resolución de Presidencia N°004- 2023-PD-OSITRAN se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022 Organismo Supervisor de la Infraestructura de Transporte de Uso Público-OSITRAN para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 36 346 172,00 (Treinta y Seis Millones Trescientos Cuarenta y Seis Mil Ciento Setenta y Dos y 00/100 Soles); Que, mediante el Informe N° 00039-2023-GPP- OSITRAN de fecha 14 de marzo de 2023, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presentó la propuesta Plan Operativo Institucional (POI) 2023 Modi fi cado versión 1 del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), elaborado en coordinación con las unidades de organización; y validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico, en conformidad con las disposiciones del CEPLAN; Que, por medio del Memorando N° 00130-2023-GAJ- OSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha señalado que el acto resolutivo a través del cual se aprueba el POI Modi fi cado 2023 versión 1 se encuentra conforme con lo establecido en la normativa de la materia; Que, de acuerdo con el numeral 4 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM, se establece que una de las funciones del Consejo Directivo es aprobar el Plan Operativo Institucional (POI); De conformidad con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023, el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modi fi catorias, la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/ PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catoria, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria N° 791-2023-CD-OSITRAN, de fecha 22 de marzo de 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2023 Modi fi cado versión 1 del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, consistente con el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) 2023, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; asimismo, disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo respectivo en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran) y en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo Directivo 2163639-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para participar en evento a realizarse en Venezuela Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000046-2023-P-CE-PJ Lima, 9 de marzo del 2023VISTOS:El Ofi cio N° 005-2023-CNEPJCJI-CS-PJ cursado por la Coordinadora Nacional del Poder Judicial ante la Cumbre Judicial Iberoamericana; y el O fi cio Nº 000324-2023-GG- PJ remitido por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la Coordinadora Nacional del Poder Judicial ante la Cumbre Judicial Iberoamericana hace de conocimiento al señor Carlos Arias Lazarte, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y en su condición de experto integrante del Grupo de Trabajo N° 02-Evaluación de calidad y desempeño de la judicatura, la convocatoria para participar en la Segunda Ronda de Talleres de la XXI Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana, que se realizará el 30 y 31 de marzo próximo, en la ciudad de Caracas, Venezuela. Segundo. Que, al respecto, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Corrida N° 000240-2023-P-CE-PJ, autoriza el viaje del mencionado magistrado; asimismo, dispone que la Gerencia General del Poder Judicial remita el cálculo de gastos que asumirá este Poder del Estado. Tercero. Que la Cumbre Judicial Iberoamericana es un evento que reúne a los Poderes Judiciales de 23 países; y el citado evento se llevará a cabo en el marco de las políticas de fortalecimiento de los lazos de hermandad y cooperación institucional con los Poderes Judiciales del mundo. Cuarto. Que teniendo en consideración que el Perú es miembro de la Cumbre Judicial Iberoamericana, y por la importancia de la citada actividad; la participación de un magistrado de este Poder del Estado en actividades en las que se desarrollarán proyectos e iniciativas para la