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29 NORMAS LEGALES Martes 28 de marzo de 2023 El Peruano / sector público, en todos sus niveles, fomentando la articulación intergubernamental, el control de la gestión y la transparencia; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0005- 2023-EF/50.01, se aprueba la Directiva Nº 0002-2023-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, que tiene como objeto establecer las disposiciones técnicas para que las entidades del Gobiernos Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecido en las leyes anuales de presupuesto, los resultados sectoriales y los objetivos estratégicos institucionales y sujeto a la disponibilidad de recursos; en concordancia con lo establecido en el Literal 12) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1440, que establece que la “Programación Multianual.- Consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN)”. Que, respecto a la articulación intergubernamental que debe existir en el ámbito presupuestal, el apartado k) del inc. 16.1 del Art. 16 de la Ley N° 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Regionales las siguientes Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2023: “Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2023, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”. Que, en el mismo sentido, el Inc. 16.2 del Art. 16 de la Ley N° 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”. Que, dentro del marco del Muni Ejecutivo “Hatun Ancash” y a solicitud del Gobernador Regional de Áncash se ha emitido la Directiva N° 001-2023-GRA-GGR/GRI “Normas y Procedimientos para la Transferencia de Recursos a los Gobiernos Locales en el Marco de la Reactivación Económica para el Año Fiscal 2023”, mediante la Resolución Gerencia General Regional N° 146-2023-GRA/GGR, de fecha 01 de marzo de 2023, cuyo objetivo es contar con un instrumento técnico normativo que permita el otorgamiento, seguimiento y control de las transferencias fi nancieras otorgadas por el Gobierno Regional de Áncash, dentro de cuyos parámetros y conforme aparece del Anexo 01 del INFORME PRESUPUESTAL N° 117-2023-GRA-GRPPAT/SGP, emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Áncash las Municipalidades Provinciales y Distritales que se detallan en dicho Anexo, proporcionado y procesado bajo responsabilidad de su autor, en atención a los Principios de Probidad y Veracidad que le exige el Art. 6° de la Ley del Código de Ética de la Función Pública Nº 27815 y sus modi fi catorias, solicitan el fi nanciamiento para la ejecución de catorce (14) proyectos de inversión, por el importe de S/ 84’742,964.78 y el fi nanciamiento para la elaboración de ciento ocho (108) expedientes técnicos de proyectos de inversión por el importe de S/ 40’035,167.83, conforme se detalla en el indicado Anexo; Que, así mismo y en atención a la misma responsabilidad de probidad y veracidad que corresponde a la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Áncash, con el Anexo 02 del Informe Presupuestal N° 117-2023-GRA-GRPPAT/SGP, se veri fi ca que la Sub Gerencia de Estudios de Inversiones de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Áncash, ha concluido que las Municipalidades Provinciales y Distritales antes mencionadas, “... cumplieron con presentar los requisitos solicitados en la Directiva N° 001-2023-GRA-GGR/GRI “Normas y Procedimientos para la Transferencia de Recursos a los Gobiernos Locales en el Marco de la Reactivación Económica para el Año Fiscal 2023”, “... por lo que considera procedente y viable la continuidad del trámite para el fi nanciamiento...”, precisando, además, que tales proyectos de inversión “... guardan concordancia con los criterios de priorización - Programación Multianual de Inversiones 2022-2024 y el Plan de Desarrollo Concertado Ancash; por el importe total de S/ 100’075,354.49, conforme puede verse del citado Anexo 2, con un total de 14 Obras por la suma total de S/ 83,950,168.51 y 108 Expedientes Técnicos, por la suma total de S/ 16,125,185.98; Que, en el mismo sentido, con el Anexo 03 del Informe Presupuestal N° 117-2023-GRA-GRPPAT/SGP, la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ancash que suscribe dicho instrumento, da fe que la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ancash, ha establecido que “... las solicitudes de las entidades de Gobierno Local del Departamento de Áncash se encuentran conforme...”, recomendando que se continúen con los trámites correspondientes de transferencia fi nanciera; señalándose con relación a lo expuesto en el Anexo 04 del mismo Informe Presupuestal N° 117-2023-GRA-GRPPAT/SGP, por la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Áncash que suscribe dicho instrumento, que “... la Sub Gerencia de Promoción y Programación Multianual de Inversiones, opina favorablemente para continuar con el trámite correspondiente para la ejecución de los 14 (CATORCE) proyectos de inversión y la elaboración de 108 (CIENTO OCHO) expedientes técnicos, puesto que se encuentran en estado de activos y viables...”; expresándose similar conclusión en el Informe N° 192-2023-GRA-GRPPAT/SGPPMI emitido por la Sub Gerencia de Promoción y Programación Multianual de Inversiones del Gobierno Regional de Áncash de fecha 15 de marzo de 2023, consolidando tales opiniones técnicas favorables respecto a la solicitud de transferencia fi nanciera solicitada por el Gobernador Regional de Áncash mediante su Ofi cio Nº 077-2023-GRA/CR, de fecha 17 de marzo de 2023, opiniones técnicas que se tienen en cuenta bajo responsabilidad de las Gerencias emisoras, en atención a los Principios de Probidad y Veracidad establecidas con carácter obligatorio por el Art. 6° de la Ley del Código de Ética de la Función Pública Nº 27815 y sus modi fi catorias; concluyendo fi nalmente la Sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional de Ancash en su citado Informe Presupuestal N° 117-2023-GRA-GRPPAT/SGP que “...Por todo lo expuesto, esta Subgerencia de Presupuesto emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal hasta por el monto total de S/ 100,075,392.00, en la fuente de fi nanciamiento 5 Recursos Determinados, para realizar la transferencia fi nanciera a favor de Municipalidades Provinciales / Distritales del Departamento de Áncash, con la fi nalidad de fi nanciar la ejecución de 14 (CATORCE) proyectos de inversión y la elaboración de 108 (CIENTO OCHO) expedientes técnicos de proyectos de inversión”; Que, en atención a los Informes Técnicos precedentemente señalados, con fecha 17 de marzo de 2023, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, emitió el INFORME LEGAL N° 129-2023-GRA/GRAJ, en el que emite opinión concluyendo que “... Es viable legalmente la aprobación por parte del Consejo Regional a fi n de efectivizar las transferencias indicadas por la Sub Gerencia de Presupuesto, conforme a su respectivo análisis técnico