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14 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2023 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 059-2023-JUS Lima, 28 de marzo de 2023VISTO; el Informe Nº 019-2023/COE-TPC, del 15 de febrero de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ROGGER ALEXANDRO CORONADO MAURIZ formulada por la Sexta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de Fabricio Alexis Roncal Gálvez; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 7 de noviembre de 2022, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ROGGER ALEXANDRO CORONADO MAURIZ, formulada por la Sexta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de Fabricio Alexis Roncal Gálvez (Expediente N° 152-2022); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 019-2023/COE-TPC, del 15 de febrero de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de Fabricio Alexis Roncal Gálvez; Que, también propone la mencionada Comisión, requerir que las Autoridades Centrales de ambos países verifi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición;Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994, y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ROGGER ALEXANDRO CORONADO MAURIZ para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de homicidio cali fi cado, en agravio de Fabricio Alexis Roncal Gálvez. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores JOSÉ ANDRÉS TELLO ALFARO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2164647-5 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2023-JUS Lima, 28 de marzo de 2023VISTO; el Informe Nº 015-2023/COE-TPC, del 9 de febrero de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana LUIS ALBERTO MÍO MOROCHO formulada por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión de los siguientes delitos: i) asociación ilícita para delinquir, en agravio de la sociedad; ii) homicidio cali fi cado, en agravio de Augusto William Gamonal Salinas, Juan Alberto Velarde Morales y Luis Walter Muro Mejía; iii) homicidio cali fi cado en grado de tentativa, en agravio de Josué Saucedo Jaime y Anthony Inga Urteaga; iv) homicidio cali fi cado, en agravio de Roger Alonso Manrique Torres, Franco Ysrael Moreno Goyeneche, Víctor Manuel Monggo Valdera y Miguel Ángel Jibaja Suárez; v) homicidio cali fi cado en grado de tentativa, en agravio de Jhon Joseph Nolly Ugaz; vi) homicidio cali fi cado, en agravio de Jesús Rogelio Purihuamán Samillán, Oscar Criollo Suárez, Cristhian Jamilin Castañeda Guevara, Edwar Ronal Ruíz Ñique, Dennis Jim Gálvez Núñez y Juan Miguel Sagastegui Chimbor; y, vii) homicidio cali fi cado en grado de tentativa, en agravio de José Luis García Amenero;