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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2023 (29/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2023 El Peruano / Que, con Resolución Directoral N° 036-2023-LP/DE del 22 de febrero de 2023, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 2.- Por emergencia, desastres o peligro inminente, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias, desastres naturales o peligro inminente. Tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés, permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas directa o indirectamente por una emergencia o desastre natural o peligro inminente, derivado de un fenómeno natural, o inducido por la acción humana; donde las personas no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no califi cada (MONC)”; Que, asimismo, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 3.- Ámbito de atención especial o interés público, lo siguiente: “Esta modalidad de intervención aborda la necesidad de generar empleo temporal para la población en ámbitos priorizados por el Programa, en el marco del artículo 5 del Decreto Supremo N° 002-2022-TR, los cuales presentan brechas económicas y/o sociales; así como, en aquellos ámbitos derivados de un mecanismo de dialogo o coordinación sectorial, intersectorial e intergubernamental. Bajo esta modalidad, podrán cofi nanciamiento y/o fi nanciarse Proyectos de Inversión y/o Actividades de Intervención Inmediata, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal o crédito suplementario.”; Que, mediante Resolución Directoral N° 065- 2023-LP/DE, se aprueba la Directiva N° 010-2023-LP/DE, denominada “Directiva para el fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata en los distritos focalizados por el Programa y los distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 008-2023-PCM”, en adelante la Directiva; Que, forma parte de la citada Directiva, el Anexo N° 01: Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata en distritos focalizados por el Programa y los distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 008-2023-PCM, en el cual se establecen las actividades a realizar por parte de los gobiernos locales y el Programa, y sus respectivos plazos; en adelante, el Cronograma; Que, con Resolución Directoral N° 067-2023-LP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-42) en distritos focalizados por el programa y distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 008-2023-PCM, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan veintinueve (29) Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-42) en distritos focalizados por el programa y distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 008-2023-PCM, con un aporte total deS/ 4 231 328, 00 (Cuatro Millones Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Veintiocho y 00/100 Soles); Que, con Informe N° 061-2023-LP/DE/UFAPI, la Unidad Funcional de Articulación y Promoción de Intervenciones indica que, en cumplimiento del Cronograma, las Unidades Territoriales Junín, La Libertad-Ancash Noroeste, Moquegua y Tacna han remitido veintinueve (29) convenios suscritos, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 4 231 328, 00 (Cuatro Millones Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Veintiocho y 00/100 Soles), cuya ejecución podría generar 1 383 empleos temporales; Que, asimismo, la mencionada Unidad Funcional señala que, ha veri fi cado el cumplimiento del Cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, considera procedente que se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe las transferencias fi nancieras a los Organismos ejecutores cuyo aporte total del programa asciende al importe de S/ 4 231 328, 00 (Cuatro Millones Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Veintiocho y 00/100 Soles); Que, por su parte, mediante Informe N° 260-2023- LP/DE/UFPP, la Unidad Funcional de Planeamiento y Presupuesto informa sobre la aprobación de la certi fi cación de crédito presupuestario CCP N° 0663 por el monto total ascendente a S/ 4 231 328, 00 (Cuatro Millones Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Veintiocho y 00/100 Soles), para fi nanciar el aporte total del Programa de las veintinueve (29) actividades de intervención inmediata antes mencionadas, garantizando el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en los numerales 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada unidad de asesoramiento considera procedente que se efectué la transferencia fi nanciera para el pago del aporte total del Programa de veintinueve (29) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en las modalidades de intervención 2 y 3 (Por emergencia, desastres o peligro inminente y Ámbito de atención especial o interés público), en distritos focalizados por el Programa y los distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 008-2023-PCM, cuyo importe total asciende a S/ 4 231 328, 00 (Cuatro Millones Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Veintiocho y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal a) del inciso 16.1 e inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Informe N° 175-2023-LP/DE/UFAJ, la Unidad Funcional de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0341- 2023-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0158-2023-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0313-2023-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de veintinueve (29) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de Intervención Inmediata (AII-42), en distritos focalizados por el Programa y los distritos comprendidos en el Decreto Supremo N° 008-2023-PCM, por el importe total de S/ 4 231 328, 00 (Cuatro Millones Doscientos Treinta y Un Mil Trescientos Veintiocho y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la O fi cina