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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2023 (11/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 11 de mayo de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 057-2014-JUS publicada el 9 de marzo de 2014, el gobierno peruano decidió acceder a la extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad neerlandesa Joran Andreas Petrus Van Der Sloot o Joran Van Der Sloot o Van Der Sloot para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en los Estados Unidos de América por la presunta comisión de los delitos de extorsión y estafa, en agravio de Elizabeth Ann Holloway; y aplazar su entrega hasta el cumplimiento de la pena que le fue impuesta por la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima por la comisión del delito de homicidio califi cado; Que, mediante Nota Nº 0026 del 10 de enero de 2023, la Embajada de los Estados Unidos de América en Perú presentó al Ministerio de Relaciones Exteriores la solicitud de entrega temporal del reclamado para ser procesado por el delito en virtud del cual se accedió a su extradición mediante Resolución Suprema Nº 057-2014-JUS; justi fi cando su pedido en la eventual afectación del procedimiento penal seguido en su contra por las autoridades de dicho país y la imposibilidad del procesamiento del reclamado en ausencia; Que, precisan las autoridades estadounidenses que el tiempo de entrega temporal solicitado se extenderá hasta la conclusión del procedimiento penal seguido en contra de la persona requerida por las autoridades de dicho país, incluyendo el tiempo que demande el trámite de la apelación o impugnación de ser el caso, luego de lo cual mani fi estan su compromiso a devolverlo a las autoridades peruanas; Que, mediante Resolución del 16 de marzo de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de entrega temporal formulada por las autoridades estadounidenses del ciudadano de nacionalidad neerlandesa JORAN ANDREAS PETRUS VAN DER SLOOT o JORAN VAN DER SLOOT o VAN DER SLOOT para su procesamiento por la presunta comisión de los delitos de extorsión y estafa, en agravio de Elizabeth Ann Holloway (Expediente N.° 47-2012); Que, el literal i) del artículo 28 del Decreto Supremo N.° 016-2006-JUS, normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que es función de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la entrega temporal; Que, mediante Informe Nº 069-2023/COE- TPC, del 4 de mayo de 2023, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de entrega temporal formulada por las autoridades estadounidenses de la persona requerida; Que, corresponde requerir que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su entrega temporal; Que, también corresponde requerir las garantías necesarias a las autoridades estadounidenses de las condiciones de la devolución de la persona requerida en los términos del compromiso que este ha ofrecido mediante Nota Nº 0026 del 10 de enero de 2023, una vez concluido su procesamiento, cuya presentación, verifi cación y cumplimiento debe ser supervisado por la Autoridad Central del Perú, en virtud de lo dispuesto por el artículo 512, numeral 3 del Código Procesal Penal; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América suscrito el 25 de julio de 2001 y vigente desde el 25 de agosto de 2003; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de entrega temporal formulada por las autoridades estadounidenses del ciudadano neerlandés JORAN ANDREAS PETRUS VAN DER SLOOT o JORAN VAN DER SLOOT o VAN DER SLOOT para su procesamiento en los Estados Unidos de América por la presunta comisión de los delitos de extorsión y estafa, en agravio de Elizabeth Ann Holloway. Artículo 2.- Disponer que, previo a la entrega del reclamado, el Estado requirente deberá comprometerse formalmente a otorgar las garantías en los términos del compromiso asumido para su devolución, una vez concluido su procesamiento en dicho país, cuya presentación, veri fi cación y cumplimiento debe ser supervisado por la Autoridad Central del Perú. Artículo 3.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su entrega temporal. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2176747-4 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana peruana para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 095-2023-JUS Lima, 10 de mayo de 2023 VISTO; el Informe Nº 070-2023/COE-TPC, del 4 de mayo de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana PAMELA SOLEY CABANILLAS SÁNCHEZ, formulada por el Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de suplantación de identidad y falsi fi cación de documento privado, en agravio de Teledistribución Sociedad Anónima (Teleticket); y de estafa agravada, en agravio de Diego Zurek Gonzales y otros; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 2 de mayo de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema