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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2023 (11/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 11 de mayo de 2023 El Peruano / de Justicia de la República aprueba la extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana PAMELA SOLEY CABANILLAS SÁNCHEZ, declarando que cumple con los presupuestos y requisitos establecidos en el Tratado aplicable, formulada por el Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de suplantación de identidad y falsi fi cación de documento privado, en agravio de Teledistribución Sociedad Anónima (Teleticket); y de estafa agravada, en agravio de Diego Zurek Gonzales y otros (Expediente N.° 60-2023); Que, conforme anota la referida Sala Penal Permanente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del Tratado aplicable, el Consejo de Ministros español ha decidido acceder a la entrega de la citada ciudadana, en tanto esta manifestó ante las autoridades del Reino de España su aceptación de la extradición y declaró no renunciar al principio de especialidad; Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 070-2023/COE-TPC, del 4 de mayo de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de suplantación de identidad y falsi fi cación de documento privado, en agravio de Teledistribución Sociedad Anónima (Teleticket); y de estafa agravada, en agravio de Diego Zurek Gonzales y otros; Que, también propone la mencionada Comisión, requerir que las Autoridades Centrales de ambos países verifi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en la reclamada y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición; Que, conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994, y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana PAMELA SOLEY CABANILLAS SÁNCHEZ para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de suplantación de identidad y falsi fi cación de documento privado, en agravio de Teledistribución Sociedad Anónima (Teleticket); y de estafa agravada, en agravio de Diego Zurek Gonzales y otros; Artículo 2.- Disponer que las autoridades competentes den inicio a la ejecución de la extradición para la entrega de la reclamada por parte del Estado requerido, considerando que este ha decidido favorablemente a la misma. Artículo 3.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en la reclamada y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2176747-5 Designan jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 110-2023-JUS/PRONACEJ Lima, 10 de mayo de 2023VISTOS: El Informe Nº 146-2023-JUS/PRONACEJ- UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 161-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 247- 2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ); Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de plani fi car, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0281-2019-JUS, el cargo estructural de “jefe/a de la Unidad de Asesoría Jurídica” tiene la clasi fi cación de Empleado de Con fi anza (EC); Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de jefe/a de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Centros Juveniles; por lo que resulta necesario designar a el/la servidor/a que asuma tal cargo; Que, al respecto, mediante el Informe Nº 146-2023- JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 10 de mayo de 2023, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos comunica a la Dirección Ejecutiva el cumplimiento de per fi l de puesto del señor Carlos Alberto Moulet Cedillo para el cargo de jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Centros Juveniles; Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 161-2023-JUS/ PRONACEJ-UAJ, de fecha 10 de mayo de 2023, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que la designación propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que resulta viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo mediante el cual se resuelva designar al señor Carlos Alberto Moulet Cedillo en el puesto de confi anza de jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Centros Juveniles; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONACEJ, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de confi anza ”;