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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2023 (13/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 13 de mayo de 2023 El Peruano / Taxi en la provincia de Chachapoyas, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas pertinentes, así como establecer el régimen sancionador aplicable ante los incumplimientos de acción u omisión de las disposiciones y obligaciones contenidas en la ordenanza, que, posteriormente, fue modi fi cada por la Ordenanza N°0094–MPCH; Que, la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, a la fecha, registra más de mil quinientas (1,500) unidades vehiculares habilitadas para el servicio de taxi, en el Registro Administrativo de Transporte de la Sub Gerencia de Transportes y Circulación Vial, de las cuales, habiéndose detectado que una gran cantidad de vehículos cuentan con más de 10 años de antigüedad, contados desde su fecha de fabricación, por ende, ello también contribuye a que exista una sobreoferta en la prestación del citado servicio. Que, la sobreoferta en la prestación del servicio de taxis causa malestar entre la población puesto que satura de unidades vehiculares las vías urbanas, por ende, es necesario dictar medidas complementarias que dispongan un correcto funcionamiento del mencionado servicio, hasta que se realice el estudio de factibilidad de oferta y demanda. Que, el servicio de taxi es una actividad legítima que favorece el transporte público en la ciudad, constituyendo un componente necesario para desarrollar normalmente la vida de los ciudadanos, y toda unidad vehicular autorizada debe dar un servicio de calidad e idóneo, sin embargo, es necesario realizar un estudio de factibilidad de oferta y demanda a efecto de poder determinar de manera cierta cuántas de estas unidades se necesitan para satisfacer la necesidad de traslado de la población, teniendo en cuenta los índices de operatividad por zonas. Que, con Informe Nº 000214-2023-MPCH/GUT, el Gerente de la Gerencia de Urbanismo y Transportes, solicita evaluación para cierre de inscripciones a Vehículos nuevos en el servicio de Taxi, donde se concluye que, por lo expuesto, considera que se debe realizar un análisis profundo de lo mencionado en el informe para proceder con la viabilidad o no de los puntos expuesto y para ser acondicionadas con tal fi n, además, se deberá analizar más a detalle toda la Ordenanza Nº 0087-MPCH, modi fi cada por Ordenanza Nº 0094-MPCH, para gestionar nuevas modi fi catorias de acuerdo a lo real o derogarla con una Ordenanza nueva, sustentada y actualizada, así mismo, que los permisos emitidos, sean considerados años fi scales (hasta 31 de diciembre del año que les compete) y los pagos por derecho sean equitativos al tiempo, y por último, se debe cerrar las inscripciones para el servicio de taxi, a partir del 01 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2023, teniendo el plazo su fi ciente para regular las Ordenanzas referentes al servicio público de taxi; Que, con Informe Legal Nº 064-2023-MPCH/OGAJ, la Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite Opinión Legal respecto al proyecto de Ordenanza sobre suspensión temporal de emisión de autorizaciones para prestación del servicio de taxi, donde después del análisis respectivo, se concluye que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica es de opinión porque resulta viable el proyecto de Ordenanza que suspende temporalmente la emisión de autorizaciones para la prestación de servicio de transporte público (taxis) en la provincia de Chachapoyas, propuesta por el Gerente de Urbanismo y Transportes, en razón a que se encuentra ajustada a derecho; Que, el Dictamen Nº 001-2023-MPCH/CP/CIUYT, los integrantes de la Comisión de Infraestructura, Urbanismo y Transportes, dictamina en su artículo primero que, se recomienda la aprobación de la Ordenanza que suspende temporalmente la emisión de autorizaciones para la prestación del servicio de transporte público (Taxis) en la provincia de Chachapoyas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 056-2023- MPCH, de fecha 26 de abril de 2023, se aprueba la Ordenanza que suspende temporalmente la emisión de autorizaciones para la prestación del servicio de transporte público (Taxis) en la provincia de Chachapoyas;Estando a los fundamentos antes expuestos, y a las facultades conferidas en los incisos 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por MAYORÍA, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE DESDE EL 01 DE JUNIO DE 2023 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023 LA EMISIÓN DE AUTORIZACIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO (TAXI) EN LA PROVINCIA DE CHACHAPOYAS Artículo Primero.- SUSPÉNDASE desde el 01 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, lo siguiente: 1.1. El trámite y la emisión de autorizaciones de operación del servicio de Taxi para aquellos que soliciten una nueva inscripción de su vehículo. 1.2. Los trámites señalados con el código PA1760BF6C de la Ordenanza 0239-MPCH que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, respecto a los procedimientos de la Gerencia de Urbanismo y Transportes, sólo en lo que corresponda al servicio de taxi. Artículo Segundo.- La Gerencia de Urbanismo y Transporte, dentro del plazo de suspensión antes señalado, procederá a realizar un estudio de factibilidad de oferta y demanda, a efecto de obtener un registro actualizado de cuántos vehículos están brindando el servicio de taxi, ya que se tiene un conteo general, más no especí fi co, teniendo en cuenta las bajas, el cumplimiento del periodo máximo establecido por ley, la venta de estos vehículos, entre otras razones. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza es de aplicación únicamente para aquellos ciudadanos que soliciten la inscripción de su vehículo, mas no para aquellos que ya cuenten con una línea registrada y requieran hacer algún tipo de variación, siempre y cuando cumplan con los requisitos ya establecidos. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Urbanismo y Transporte, dentro del plazo de suspensión indicado en el artículo primero, deberá realizar un estudio sistematizado de las Ordenanzas y ajustarlos a las necesidades actuales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero.- DELEGACIÓN DE FACULTADES: Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza incluso la prórroga de los plazos contenido en la misma. Segundo.- DEROGACIÓN DE NORMAS MUNICIPALES: Deróguese toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Tercero.- PUBLICACIÓN: Publíquese la presente Ordenanza en el Diario de mayor circulación y encárguese a la Secretaría General su publicación en la página web institucional y medios digitales. Cuarto.- DE LA VIGENCIA: La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PERCY ZUTA CASTILLO Alcalde Provincial de Chachapoyas 2176320-1