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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2023 (18/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 18 de mayo de 2023 El Peruano / RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 31747 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA EL PROTOCOLO DE ENMIENDA AL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL CONSEJO FEDERAL SUIZO RELATIVO A LOS SERVICIOS AÉREOS REGULARES Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa Se aprueba el Protocolo de Enmienda al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Consejo Federal Suizo Relativo a los Servicios Aéreos Regulares, suscrito el 14 de octubre de 2021 en la ciudad de Lima, República del Perú. Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación. En Lima, a los nueve días del mes de mayo de dos mil veintitrés. JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA Presidente del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICALima, 17 de mayo de 2023.Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2178838-5 PODER EJECUTIVO CUL TURA Otorgan distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000188-2023-MC San Borja, 16 de mayo del 2023VISTOS; el Memorando Nº 000160-2023-VMI/ MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; el Informe N° 000089-2023-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Informe N° 000745-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene, entre sus funciones, otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, asimismo, conforme al artículo 84 del ROF la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico racial; Que, el artículo 87 del ROF, establece que la Dirección de Políticas Indígenas, es la unidad orgánica encargada de formular, conducir, ejecutar y supervisar la política indígena intercultural a fi n de garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas, proteger sus conocimientos tradicionales y lograr su desarrollo con identidad, en un marco de igualdad de derechos; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, a través del Informe N° 000089-2023-DGCI/ MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, con sustento en los Informes N° 000122-2022-DIN/MC y N° 000019-2023-DIN-IRM/MC de la Dirección de Políticas Indígenas, y en el marco del Día Nacional de la Mujer Indígena u Originaria considera pertinente otorgar el reconocimiento de Personalidad de la Cultura a la señora GEORGINA RIVERA PAZ por su destacada labor y amplia trayectoria en favor de los pueblos indígenas u originarios como defensora de los derechos de la mujer, los niños y de los pueblos indígenas u originarios constituyendo ello un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura”, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con la visación del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora GEORGINA RIVERA PAZ, por su destacada labor y amplia trayectoria en favor de los pueblos indígenas u originarios como defensora de los derechos de la mujer, los niños y de los pueblos