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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2023 (18/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 18 de mayo de 2023 El Peruano / Resumen de la propuesta de redimensionamiento de la Zona 2A y 2B del BPP Huánuco BPP Huánuco Área Total (ha) ofi cial RDE N° D000049- 2023-MIDAGRI- SERFOR-DEZona ResoluciónÁrea O fi cial (ha)Área SIG (ha) (1)Área (ha) a excluir (2)Área (ha) a excluir por edición (3)Zona Resultante Área (ha) Resultante (1)-(2)-(3)BPP Huánuco Área (ha) Total Final 612395.3134Zona 2ARDE N° D000049-2023- MIDAGRI- SERFOR-DE152206.985 152206.9853 14280.6481-------- Zona 2A 131795.0586 596047.0274-------- 2A-36131.2786 Zona 2BRDE N° D000082-2020- MINAGRI- SERFOR-DE34768.0731 34768.0731 1997.2481 112.0598 Zona 2B 32658.7652 TOTAL 186975.0584 186975.0584 16277.8962 112.0598 ---------- 170697.1622 Fuente : Informe Técnico Nº D000089-2022-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO Que, en el marco de lo dispuesto en los Lineamientos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del documento del Vistos, efectúa la revisión del expediente administrativo que sustenta el redimensionamiento de la Zona 2A y 2B del BPP Huánuco y veri fi ca que este se enmarca en la causal denominada “Derechos otorgados por la autoridad competente, con anterioridad a la creación de los BPP, para el caso de áreas de propiedad privada” prevista en el literal c) del numeral 4.1 del artículo 4 de los Lineamientos; por lo que, en virtud a la delegación otorgada al SERFOR mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI, concluye que resulta legalmente viable expedir la Resolución de Dirección Ejecutiva que apruebe el redimensionamiento de la Zona 2A y Zona 2B del Bosque de Producción Permanente de Huánuco; Que, asimismo, precisa que, los derechos otorgados o que se otorguen sobre las áreas excluidas, no otorgan titularidad sobre los recursos forestales y de fauna silvestre existentes, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional; debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes para el aprovechamiento de dichos recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva el redimensionamiento de la Zona 2A y Zona 2B del Bosque de Producción Permanente de Huánuco; Que, de conformidad con el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y modi fi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR expide resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo; Con el visado del Director General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; la Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente”, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 0442-2019-MINAGRI; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto a la Zona 2A , al quedar dividida en dos (2) zonas: Zona 2A con un área de 131 795.0586 ha y Zona 2A-3 con un área de 6 131.2786 ha y, la Zona 2B al quedar con un área de 32 658.7652 ha, de acuerdo con el Mapa y Cuadros Descriptivos que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución; quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco con una super fi cie total de 596 047.0274 ha (quinientos noventa y seis mil cuarenta y siete hectáreas con doscientos setenta y cuatro metros cuadrados), según el detalle siguiente: BPP Huánuco Área Total (ha) ofi cial RDE N° D000049- 2023-MIDAGRI- SERFOR-DEZona ResoluciónÁrea O fi cial (ha)Área SIG (ha) (1)Área (ha) a excluir (2)Área (ha) excluida por edición cartográ fi ca (3)Zona Resultante Área (ha) Resultante (1)-(2)-(3)BPP Huánuco Área (ha) Total Final 612395.3134Zona 2ARDE N° D000049-2023- MIDAGRI- SERFOR-DE152206.985 152206.9853 14280.6481-------- Zona 2A 131795.0586 596047.0274-------- 2A-36131.2786 Zona 2BRDE N° D000082-2020- MINAGRI- SERFOR-DE34768.0731 34768.0731 1997.2481 112.0598 Zona 2B 32658.7652 TOTAL 186975.0584 186975.0584 16277.8962 112.0598 ---------- 170697.1622 Artículo 2.- Para el aprovechamiento y uso de los recursos forestales y de fauna silvestre existentes en las áreas excluidas, corresponde que los titulares de dichas áreas cumplan con lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente. Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, proceda a inscribir ante la Zona Registral competente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP la información referente al redimensionamiento dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución.