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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2023 (28/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Domingo 28 de mayo de 2023 El Peruano / de Tecnología de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal Institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase.ALFREDO REYNAGA RAMIREZ Alcalde 2181644-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Autorizan viaje del alcalde para participar en evento a realizarse en El Salvador ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2023/CDLO Los Olivos, 24 de mayo de 2023EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOSVISTO: En sesión extraordinaria de la fecha que se indica, la Invitación dirigida a don Luis Felipe Castillo Oliva Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, realizada por el Jefe de la Fracción Nuevas Ideas, Diputado de la República de El Salvador, para visitar dicho país a fi n de participar en una exposición sobre el modelo de seguridad. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Político del Perú preceptúa que las municipalidades son los órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, numeral 11 señala que es atribución del Concejo Municipal: “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”. Que, el Despacho de Alcaldía recibió una invitación de parte del Jefe de la Fracción Nuevas Ideas, Diputado de la República de El Salvador, para participar en una exposición sobre el modelo de seguridad que ha implementado el Presidente Nayib Armando Bukele Ortez y las propuestas legislativas, que han logrado cambiar el rumbo del país a favor de los salvadoreños. Que, Don Luis Felipe Castillo Oliva en su condición de Alcalde, precisa que el viaje a la República de El Salvador, no ocasionará ningún tipo de gasto al erario de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, ya que dicho viaje será subvencionado en su totalidad con sus propios recursos. Estando a lo expuesto por los Artículos 9º, 24º y numeral 2 del Art. 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, por Unanimidad. ACUERDA:Artículo Único.- AUTORIZAR, a partir de la fecha, el viaje a la República de El Salvador por un periodo de 6 días calendario al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Olivos don LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA, precisando que dicho viaje será subvencionado con los propios recursos del citado Alcalde, no generando gastos al erario municipal. En consecuencia, corresponde al primer regidor encargarse del Despacho de Alcaldía, al amparo de lo establecido en la Ley Nº 27972. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA Alcalde 2181937-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS Disponen el embanderamiento general de todos los predios, viviendas y/o establecimientos públicos y privados ubicados dentro de la jurisdicción, con motivo de conmemorarse el 202º Aniversario de la Gloriosa Batalla de Higos Urco DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2023-MPCH San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, 26 de mayo del 2023 EL ALCALDE PROVINCIAL DE CHACHAPOYAS;VISTO:La Ley Nº 24982; la ORDENANZA Nº 007-2004- MPCH; y, la ORDENANZA Nº 056-2013-MPCH; y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, detalla que; “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, según lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, la Ley Nº 24982, en su articulo 1º, prescribe que; “Declárese Dia Cívico en todo el Perú y No Laborable en el Departamento de Amazonas, el 06 de Junio de cada año, en conmemoración a la Batalla de Higos Urco en Chachapoyas – Amazonas, donde el Ejercito Patriota comandado por el Coronel Juan Valdivieso derrotó al Ejército de los Realistas”; Que, la ORDENANZA Nº 007-2004-MPCH, detalla en su Artículo Primero; “Establézcase la obligatoriedad de todo vecino de pintar o blanquear la fachada de su vivienda de acuerdo a las características de épocas pasadas. Los colores blanco y blanco tiza (Tierra blanca) se usan en paredes. En las puertas, ventanas, balcones y zócalos se usan según el caso, color natural, nogal o roble”, así como, “Establézcase la obligatoriedad de mantener limpia la ciudad barriendo la verde de su propiedad, cunetas, y proporción de pista que le corresponde”; Que, la ORDENANZA Nº 056-2013-MPCH, Ordenanza que Aprueba la Promoción y Fortalecimiento de los Valores Cívico - Patrióticos en la Ciudad de Chachapoyas, tiene por objeto, establecer los mecanismos de participación vecinal, de las instituciones educativas de nivel inicial, primaria y secundaria, así como las instituciones de educación superior técnica y universitaria establecidas en la ciudad de Chachapoyas, las instituciones públicas y las asociaciones u organizaciones sociales sin fi nes