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26 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de noviembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano estadounidense JOSEPH LEVY para ser extraditado de la República Francesa y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA CECILIA GERVASI DIAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2230717-1 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana peruana para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 232-2023-JUS Lima, 31 de octubre de 2023 VISTO; el Informe N° 169-2023/COE-TPC, del 11 de setiembre de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana ROSA ELIZABETH APAESTEGUI SILVA formulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión del delito de defraudación tributaria en las modalidades de obtención indebida de compensaciones, de saldo a favor del exportador y de crédito fi scal derivado del impuesto general a las ventas, en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal peruano, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 29 de mayo de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana ROSA ELIZABETH APAESTEGUI SILVA formulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesada por la presunta comisión del delito de defraudación tributaria en las modalidades de obtención indebida de compensaciones, de saldo a favor del exportador y de crédito fi scal derivado del impuesto general a las ventas, en agravio del Estado peruano (Expediente N° 78-2023); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal peruano, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N° 169-2023/COE-TPC, del 11 de setiembre de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de defraudación tributaria en las modalidades de obtención indebida de compensaciones, de saldo a favor del exportador y de crédito fi scal derivado del impuesto general a las ventas, en agravio del Estado peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROSA ELIZABETH APAESTEGUI SILVA para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión del delito de defraudación tributaria en las modalidades de obtención indebida de compensaciones, de saldo a favor del exportador y de crédito fi scal derivado del impuesto general a las ventas, en agravio del Estado peruano. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ANA CECILIA GERVASI DIAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2230717-2 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana peruana para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 233-2023-JUS Lima, 31 de octubre de 2023 VISTO; el Informe N° 171-2023/COE-TPC, del 11 de setiembre de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana ELIZABETH ANGÉLICA CABALLERO IGLESIAS formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Carabayllo de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser extraditada del Reino de España y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Joshua Antonio Jara Rivero y otros;