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50 NORMAS LEGALES Viernes 3 de noviembre de 2023 El Peruano / la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, la Gerencia de Asesoría Jurídica; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD emitió la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la ordenanza que previene y prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes en el distrito de Barranco. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.– PRECISAR que la presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto. – ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano Artículo Quinto.– ENCARGAR a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información publicar el integro de la presente ordenanza en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ Alcaldesa. 2229333-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que aprueba rebajas en arbitrios municipales por el pago de impuesto predial correspondiente al ejercicio 2023 y otros beneficios tributarios ORDENANZA MUNICIPAL N° 685/MDC Comas, 30 de octubre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre de 2023, el Informe N° 66-2023-GAT/MDC de fecha 20 de octubre de 2023, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 176-2023-OGPP/MDC de fecha 25 de octubre de 2023, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe; el Informe N° 1105-2023-OGAJ/MDC de fecha 27 de octubre de 2023, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 1771-2023-GM/MDC de fecha 27 de octubre de 2023, de la Gerencia Municipal, Carta N° 019-2023- CEAFPPT de fecha 27 de octubre de 2023, y el Dictamen N° 26-2023-CEAFPPTM/MDC de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal, respecto a los actuados del proyecto de ORDENANZA QUE APRUEBA DESCUENTOS EN ARBITRIOS MUNICIPALES POR EL PAGO DE IMPUESTO PREDIAL 2023 Y OTORGA OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;Que, el artículo 74 de la Carta Magna otorga potestad tributaria a los gobiernos locales, potestad que es reconocida en el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modi fi car, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la ley; asimismo las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, conforme a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la Administración Tributaria cuando esté facultada para actuar discrecionalmente, optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la ley; Que, mediante la Ordenanza Nº 646/MDC norma ratifi cada por Acuerdo de Concejo Nº 427 emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de calles), Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2023; Que, mediante Informe Nº 066-2023-GAT/MDC de fecha 20 de octubre de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria señala que estando a la reserva de la Ley consagrada por la Norma IV del Título Preliminar del TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, remite la propuesta de Ordenanza orientada a establecer rebajas en arbitrios municipales por el pago del impuesto predial correspondiente al año 2023 y otros bene fi cios tributarios; Que, mediante Informe N° 176-2023-OGPP/MDC de fecha 25 de octubre de 2023, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, concluye que el proyecto propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria, tiene la fi nalidad de elevar los niveles de recaudación y obtener el cumplimiento del tramo 2 del compromiso 2 del Programa de Incentivos 2023, emitiendo opinión favorable respecto a la propuesta de Ordenanza; Que, mediante Informe N° 1105-2023-OGAJ/MDC de fecha 27 de octubre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, de la revisión de los actuados materia de análisis, estima viable aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba descuentos en arbitrios municipales por el pago de impuesto predial 2023 y otorga otros bene fi cios tributarios; por lo que opina que resulta procedente, debiendo ser elevado al Concejo Municipal para su debate y aprobación correspondiente; Estando al Dictamen N° 026-2023-CEAFPPTM/ MDC de fecha 28 de octubre de 2023, de la Comisión de Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, y en uso de las facultades previstas en el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REBAJAS EN ARBITRIOS MUNICIPALES POR EL PAGO DE IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023 Y OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS Artículo Primero.- CONDONAR los intereses moratorios y costas coactivas a las deudas cuyos plazos han vencido a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, a los contribuyentes que cancelen o hayan cancelado el impuesto predial del ejercicio 2023. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a los contribuyentes que cancelen o hayan cancelado íntegramente el impuesto predial del año 2023, las siguientes rebajas en el pago de arbitrios municipales cualquiera fuese el estado de cobranza en que se encuentren: • Deudas por arbitrios municipales hasta el ejercicio 2015 : 90% • Deudas por arbitrios municipales de los ejercicios 2016 al 2018 : 80%