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48 NORMAS LEGALES Viernes 3 de noviembre de 2023 El Peruano / LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución SBS N° 895-98 y sus modi fi catorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 018-2023 se creó el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para garantizar operaciones de reporte con el Banco Central de Reserva del Perú (en adelante, el Programa de Garantía), con el objetivo de que las entidades fi nancieras participantes puedan incrementar su capacidad fi nanciera y enfrentar escenarios extraordinarios de necesidad de liquidez; Que, mediante Resolución Ministerial N° 289-2023- EF/15 se aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para garantizar operaciones de reporte con el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP); Que, mediante la Ley N° 31658 se dispuso la creación del Programa Impulso Empresarial MYPE (Programa IMPULSO MYPERU), que tiene por objeto apoyar el proceso de recuperación económica y crecimiento de las micro y pequeñas empresas (MYPE) e impulsar su inclusión fi nanciera, así como fomentar la cultura de pago oportuno de estas en dicho sistema; promoviendo su fi nanciamiento a través del otorgamiento de una garantía del Gobierno Nacional a los créditos colocados por las empresas del sistema fi nanciero y de un subsidio denominado “Bono del Buen Pagador de IMPULSO MYPERU”, y mediante la Resolución Ministerial N° 066-2023-EF/15, se aprobó el reglamento operativo del mencionado Programa;Que mediante Decreto de Urgencia N° 033-2023 se incluyeron como bene fi ciarios del Programa IMPULSO MYPERU a las medianas empresas de todos los sectores productivos del país. Que, resulta necesario modi fi car el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, para el control y monitoreo de los créditos relacionados al Programa de Garantía y al Programa IMPULSO MYPERU; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, de Riesgos, de Estudios Económicos y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7, 9 y 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modi fi catorias, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y sus modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 895-98 y sus modi fi catorias, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS y sus modi fi catorias, siendo la vigencia a partir de la información correspondiente a octubre de 2023. Regístrese, comuníquese y publíqueseMARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2230513-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Ordenanza que aprueba el Reglamento de Subastas Públicas de Vehículos Abandonados en el Depósito Municipal ORDENANZA Nº 610-2023-MDB Barranco, 19 de octubre de 2023.LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO: POR CUANTO:El Concejo de la Municipalidad Distrital de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO:El memorándum Nº 0722-2023-GM-MDB y el memorándum múltiple N° 0100-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; los memorándums N° 0050 y 3051-2023-GAF-MDB emitidos por la Gerencia de Administración y Finanzas; el informe N° 1731-2023-SGACP-GAF-MDB emitido por la Subgerencia de Abastecimiento y Control Patrimonial; los memorándums N° 1268 y 1293-2023-GFSC-MDB y el informe N° 0107-2023-GFSC-MDB emitidos por la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana; el informe N° 0201, 0246 y 0255-2023-SGFCA-GFSC-MDB emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Coactivo Administrativa; el memorándum N° 1257-2023-GPPM- MDB emitidos por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ; el informe N° 0477-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Barranco, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”. Que, el inciso 4) del artículo 200° de la Constitución Política del Perú, establece que, las Ordenanzas tienen rango de Ley, por tanto, aun cuando no provengan de una fuente formal como la parlamentaria, son equivalentes a las emitidas por ella y, como tales, sólo se diferencian por el principio de competencia y no por el de jerarquía normativa. De este modo, la ordenanza, en tanto Ley municipal, constituye un instrumento importante a través del cual las municipalidades pueden ejercer y manifestar su autonomía. Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”. Que, a través de la Ordenanza N°539-2020-MDB, se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Barranco. Que, mediante informe de vistos, la Subgerencia de Fiscalización y Coactivo Administrativa remitió a la Gerencia Municipal el proyecto de ordenanza que aprueba el reglamento que regula las subastas públicas