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22 NORMAS LEGALES Domingo 5 de noviembre de 2023 El Peruano / sustenta la necesidad de prorrogar su vigencia, a efectos de proponer la implementación de medidas articuladas regulatorias y no regulatorias, así como estrategias y/o mecanismos orientados a solucionar la problemática actual y garantizar el desarrollo organizado de los proyectos de infraestructura en el Callao; asimismo, sustenta la necesidad de que el acto administrativo correspondiente sea emitido con e fi cacia anticipada, señalando que cumple con las condiciones establecidas en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, es necesario disponer la prórroga del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, creado por Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, con e fi cacia anticipada; por el plazo de sesenta (60) días calendario, a partir del 17 de octubre de 2023; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prórroga del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial Prorrogar, con e fi cacia anticipada a partir del 17 de octubre de 2023, la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de los proyectos de tránsito terrestre e infraestructura de transporte en la Provincia Constitucional del Callao”, creado por Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, por un plazo de sesenta (60) días calendario. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2231316-1 Designan Director de la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1608-2023-MTC/01 Lima, 3 de noviembre de 2023CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor PEDRO OLIVARES MUÑOZ, en el cargo de Director de la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2231589-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS a favor de la Unidad Ejecutora 1512 - Instituto Nacional de Salud del Niño – San Borja RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000214-2023-SIS/J La Victoria, 3 de noviembre del 2023 VISTOS: El Memorando Nº 002949-2023-SIS/GNF y el Informe Nº 000062-2023-SIS/GNF-VSN, ambos de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Memorando Nº 002571-2023-SIS/OGPPDO y el Informe Nº 000054-2023-SIS/OGPPDO-DDZ de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal Nº 000752-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables. En ese sentido, a través de los convenios y contratos suscritos con las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) públicas y privadas respectivamente, podrán establecerse diferentes modalidades y mecanismos de pago;