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5 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 31937 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, Y EL DECRETO LEY 25844, LEY DE CONCESIONES ELÉCTRICAS, RECONOCIENDO DERECHOS EN FAVOR DE LOS USUARIOS Artículo 1. Modi fi cación del artículo 66 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor Se incorpora el párrafo 66.9 al artículo 66 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en los siguientes términos: “Artículo 66. Garantía de protección a los usuarios de servicios públicos regulados[...]66.9 El usuario tiene derecho a que se le suspenda la orden de corte de servicio, inclusive hasta el momento de ejecutarse dicho procedimiento, si acredita el previo pago de la deuda”. Artículo 2. Modi fi cación del artículo 82 del Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Eléctricas Se modi fi ca y se incorpora un párrafo al artículo 82 del Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, en los siguientes términos: “Artículo 82. Todo solicitante, ubicado dentro de una zona de concesión de distribución tiene derecho a que el respectivo concesionario le suministre energía eléctrica, previo cumplimiento de los requisitos y pagos que al efecto fi je la presente Ley y el Reglamento, conforme a las condiciones técnicas que rijan en el área.[...]El concesionario no puede condicionar la atención del reclamo formulado por el usuario al pago previo de la deuda”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Reglamentación El Poder Ejecutivo, dentro del plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente ley, establece el procedimiento y la escala de multa aplicable y adecúa la normativa sectorial respectiva para la aplicación efectiva de la presente ley. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día tres de noviembre de dos mil veintidós, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla.En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veintitrés. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República ARTURO ALEGRÍA GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República 2236331-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionario de OSITRAN para participar en eventos a realizarse en Francia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 262-2023-PCM Lima, 17 de noviembre de 2023VISTO, el O fi cio N° 0410-2023-PD-OSITRAN, de la Presidencia Ejecutiva del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; y, CONSIDERANDO:Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización internacional cuyo objetivo es asistir a los gobiernos en el desarrollo de políticas destinadas a contribuir en la expansión de la economía y el empleo, así como a un aumento del nivel de vida en los países miembros, manteniendo la estabilidad fi nanciera y contribuyendo en el desarrollo de la economía mundial; Que, mediante comunicación electrónica de fecha 23 de febrero de 2023, y Cartas GOV/RPC/A(2023)2 y GOV/RPC/NER/A(2023)2, la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial Perú de la OCDE comunica al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN la realización de los siguientes eventos: i) la 29° Reunión del Comité de Política Regulatoria – RPC ( Regulatory Policy Committee ) del 29 al 30 de noviembre de 2023; y, ii) la 21° Reunión de la Red de Reguladores Económicos – NER ( Network of Economic Regulators ) el 1 de diciembre de 2023, ambos en la ciudad de París, República Francesa; Que, en la 29ª Reunión del RPC se abordarán una serie de temas relevantes para los reguladores de todos los sectores y jurisdicciones, incluidas discusiones respecto a cómo implementar una política regulatoria centrada en las personas, fomentando el trabajo participativo con las partes interesadas para generar con fi anza en la acción gubernamental y desarrollar regulaciones que efectivamente bene fi cien a todos. Asimismo, se tratarán aspectos relacionados con la transparencia y la responsabilidad de las regulaciones, enfoques basados en datos y su impacto en la elaboración de normas y la aplicación de regulaciones, así como sobre el uso de herramientas tecnológicas para la mejor gobernanza; Que, asimismo, en la 21ª Reunión de la Red de Reguladores Económicos, se abordarán una serie de temas relevantes para los reguladores de todos los sectores y jurisdicciones, se presentarán los resultados preliminares de los Indicadores sobre la Gobernanza de los Reguladores Sectoriales, los cuales evalúan tres pilares de la gobernanza: independencia, rendición de cuentas y ámbito de acción. Asimismo, se presentarán los resultados preliminares del estudio “Impulsando