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19 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / Artículo 4.- DISPONER que la O fi cina de Servicios al Usuario y Trámite Documentario realice la noti fi cación de la presente Resolución a la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y a la Gerencia Regional de Desarrollo Agrario del Gobierno Regional de Loreto, para los fi nes pertinentes. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así también, se publica la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (https://www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO GONZALES ZÚÑIGA GUZMÁN Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR 2236203-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, por el servicio de transporte aéreo brindado por la Fuerza Aérea del Perú al Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS y el Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000218-2023-MIDIS San Isidro, 16 de noviembre del 2023VISTOS: El Informe N° D000198-2023-MIDIS-OP emitido por la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° D000382- 2023-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000647-2023-MIDIS-DGDAPS emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Proveído N° D006849-2023-MIDIS-VMPS emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° D000611-2023-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 218-2022-MIDIS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, el literal b) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 9 597 626,00 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el apoyo que brinden las Fuerzas Armadas a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, y que cuenten con convenios suscritos para dicho fi n, con excepción del apoyo que brinden las Fuerzas Armadas a otras entidades para la atención de emergencias por desastres naturales, para lo cual no se requiere convenio; Que, el dispositivo legal antes señalado, dispone también que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas, para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, de forma posterior al apoyo brindado, hasta por la suma que les sea comunicada por dichos Ministerios, según corresponda; Que, para efectos de lo señalado en el anterior considerando, las transferencias fi nancieras autorizadas, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del Titular del Pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, asimismo, se establece que los gastos que irroguen los servicios de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú a otras entidades se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, y de las entidades receptoras de los servicios de apoyo, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante O fi cio N° 04940-2023-MINDEF/SG la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita que se autorice la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, en base al O fi cio Extra FAP N° 003063-2023-SECRE/FAP de la Fuerza Aérea del Perú, en el cual se señala la ejecución de 29.0 horas de vuelo, que representan un costo de S/ 595 687,15 (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 15/100 SOLES), monto que se sustenta con las actas de conciliación suscritas entre los representantes de los Grupos Aéreos de la Fuerza Aérea del Perú, del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS y del Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65; Que, mediante O fi cio N° 00883-2023-MIDIS/PNADP- DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS solicita efectuar las gestiones para realizar la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa por los servicios ejecutados por la Fuerza Aérea del Perú en apoyo de los usuarios de referido programa en los departamentos de Amazonas y Loreto como parte de los operativos ejecutados en los meses de marzo, abril, junio, julio y agosto de 2023; por un monto de S/ 493 151,24 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO Y 24/100 SOLES); Que, mediante O fi cio N° D001211-2023-MIDIS/ P65-DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65 solicita efectuar las gestiones para realizar la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa por los servicios ejecutados por la Fuerza Aérea del Perú para el traslado de personal a las zonas de difícil acceso de los departamentos de Amazonas y Loreto, con la fi nalidad de realizar el proceso de pago a los usuarios de dicho programa; por un monto de S/ 102 535,91 (CIENTO DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 91/100 SOLES); Que, en tal virtud, mediante Informe N° D000647- 2023-MIDIS-DGDAPS la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales concluye que corresponde transferir recursos fi nancieros al Ministerio de Defensa en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el