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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (18/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / Año Fiscal 2023, por el servicio de apoyo en transporte aéreo brindado por la Fuerza Aérea del Perú al Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS y el Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65 en el periodo de ejecución marzo a agosto de 2023, por el monto total de S/ 595 687,15 (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 15/100 SOLES), siendo que dicho monto coincide con lo informado por el Ministerio de Defensa; Que, mediante Informe N° D000382-2023- MIDIS-OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000198-2023-MIDIS-OP de la O fi cina de Presupuesto, en virtud al cual, en el marco de sus competencias y funciones estrictamente presupuestales, emite opinión técnica favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 595 687,15 (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 15/100 SOLES) del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social al Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú; Que, en virtud de los fundamentos expuestos por las Direcciones Ejecutivas del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS y del Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65, así como la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, la opinión técnica favorable de la Ofi cina de Presupuesto y las conformidades de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, corresponde la emisión del acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social hasta por la suma de S/ 595 687,15 (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 15/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres JUNTOS y la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, hasta por la suma de S/ 595 687,15 (QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 15/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial y en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres JUNTOS y la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, según el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, conforme a lo dispuesto por la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 4.- Acciones Administrativas Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Apoyo Directo a los Mas Pobres JUNTOS y la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, para que realicen las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2235826-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de un Gobierno Regional y de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO N° 248-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, mediante el numeral 4.5 del citado artículo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una Comisión Multisectorial; Que, el literal a) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han asignado hasta la suma de S/ 375 304 626,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales