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43 NORMAS LEGALES Sábado 25 de noviembre de 2023 El Peruano / Con el visto del Director General de la O fi cina General de Tecnología de la Información; del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023; en el Decreto de Urgencia N° 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el aseguramiento universal en salud en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 078-2021; en el Decreto Supremo N° 001-2009- JUS, que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01, aprobada por Resolución Jefatural N° 090-2016/SIS; y, en la Directiva Administrativa N° 002-2019-SIS/GNF-V.02 aprobada por Resolución Jefatural N° 119-2019/SIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la programación de pago de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional por la suma de S/ 14 639 558,90 (Catorce millones seiscientos treinta y nueve mil quinientos cincuenta y ocho con 90/100 soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, correspondiente a las solicitudes de prestaciones económicas de sepelio, según el detalle que obra en archivo digital adjunto al Informe N° 000030-2023-SIS/GNF-SGF/EGVR. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Ofi cina General de Administración de Recursos, a fi n de realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio señalada en el artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2238510-1 Dejan sin efecto diversas Directivas del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000239-2023-SIS/J La Victoria, 24 de noviembre del 2023VISTOS: El Informe N° 000169-2023-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Legal N° 000791-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los actos de administración interna de las entidades se encuentran destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Seguro Integral de Salud-SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, establece que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el SIS y tiene como una de sus funciones aprobar las normas, Directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS, se aprueba la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”, sobre la base de las “Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud” aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 826-2021/MINSA; Que, mediante Informe N° 000169-2023-SIS/ OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS evalúa y consolida la información y el sustento presentado por la O fi cina General de Tecnología de la Información, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina General de Administración Recursos (OGAR) para dejar sin efecto siete (7) Directivas del SIS debido a cambios en la base legal que las fundamenta o en la materia que estas regulan, correspondientes a la fi scalización posterior aleatoria de los procedimiento administrativos previstos en el TUPA; al régimen disciplinario y procedimiento sancionador; al procedimiento de las comisiones encargadas de procesar infracciones a la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario, al seguimiento y control de la ejecución presupuestaria y al uso de los fondos de la fuente de fi nanciamiento de recursos directamente recaudados; al procedimiento de actualización de información técnica de Infraestructura de Tecnología de la Información y al uso de la plataforma de consulta del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Informe Legal N° 000791-2023-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, habiendo evaluado lo expuesto y solicitado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, resulta viable que la Jefa del SIS, en el marco de la funciones, emita el acto resolutivo que deje sin efecto siete (7) directivas del Seguro Integral de Salud; Con los vistos de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; y, la Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto las siguientes Directivas del Seguro Integral de Salud: 1. Directiva N° 002-2009-SIS/OPyD “Normas para la Fiscalización posterior Aleatoria de los Procedimiento Administrativos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Seguro Integral de Salud”, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 097-2009/SIS. 2. Directiva N° 001-SIS/OAJ “Norma que establece el procedimiento de las comisiones encargadas de procesar infracciones a la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento en el Seguro Integral de Salud-SIS”, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 098-2009/SIS.