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58 NORMAS LEGALES Sábado 25 de noviembre de 2023 El Peruano / la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto que afectará a la meta presupuestal 0038, fuente de fi nanciamiento de recursos determinados; Que, por Acuerdo Nº 04-2023-CU-UNAJMA, de fecha 12 de octubre de 2023 de la Décima Segunda Sesión Extraordinaria, el Consejo Universitario de la UNAJMA por UNANIMIDAD APROBÓ autorizar el viaje al exterior a favor del Mtr. Odilón Correa Cuba, docente Asociado de la Universidad Nacional José María Arguedas, para realizar pasantía en la Universidad de Yonsei – Corea del Sur, con viáticos en el ámbito internacional por 10 días; los gastos por viáticos y pasajes que ocasione el cumplimiento del presente acuerdo se afectará a la Meta Presupuestal 0038 – Promoción para la Creación y Operación de los Centros de Investigación, Innovación y Transferencia Tecnológica, en la Fuente de Financiamiento de Canon, Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones – CANON, conforme se indica en la parte resolutiva; Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y autonomía universitaria que le con fi ere el artículo 18 de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al rector de la Universidad Nacional José María Arguedas, en calidad de presidente del Consejo Universitario; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior a favor del Mtr. Odilón Correa Cuba, docente Asociado de la Universidad Nacional José María Arguedas, para realizar pasantía en la Universidad de Yonsei – Corea del Sur, con viáticos en el ámbito internacional por 10 días; los gastos por viáticos y pasajes que ocasione el cumplimiento del presente se afectará a la Meta Presupuestal 0038 – Promoción para la Creación y Operación de los Centros de Investigación, Innovación y Transferencia Tecnológica, en la Fuente de Financiamiento de Canon, Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones – CANON, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos por 10 días: US$. 3,170.53 Pasajes ida y vuelta: US$. 1,854.20 Artículo Segundo.- Dentro de los cinco (05) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, en el plazo de 15 días calendario deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución de Autorización de viaje, en el diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN Rector RODNEY VELIZ MONTESINOS Secretario General 2238136-1 Autorizan viaje en vía de regularización de docente de la Universidad Nacional del Altiplano-Puno por haber participado en evento realizado en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO-PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2259-2023-R-UNA Puno, 28 de agosto del 2023VISTOS: El MEMORANDUM N° 775-2023-SG-UNA-PUNO (28-08-2023) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Extraordinario del 24 de agosto del año en curso, referido a autorizar, en vía de regularización, el viaje a MEDELLÍN-COLOMBIA, concediéndosele Licencia por Capacitación con Goce de Haber, del 22 al 25 de agosto del 2023, a favor de la Dra. DIANA MILAGROS DUEÑAS ROQUE, docente de la Escuela Profesional de Derecho-Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de esta Universidad; por haber participado en calidad de Ponente y Asistente en el Congreso Internacional de Derecho Procesal, organizado por la Corporación Red Americana de Abogados Capitulo Medellín-Colombia; en concordancia con la Resolución de Decanato N°268-2023-D-FCJP-UNAP; CONSIDERANDO:Que, tal como prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado-FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria (énfasis y subrayado nuestro); Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.” (Énfasis nuestro); Que, en ese contexto, según el numeral 93.16 artículo 93° del Estatuto Universitario, aprobado con RAU N° 008-2023-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de у Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”; Que, en el marco de lo normado precedentemente, mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO N°268-2023-D-FCJP-UNAP (11-08-2023); y, OFICIO N°395-2023-D-FCJP-UNA-PUNO (14-08-2023), emitidos por la FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS de esta Casa Superior de Estudios, se propone a la instancia superior la autorización del viaje al exterior del Perú a favor de la Dra. Diana Milagros Dueñas Roque, docente Auxiliar