TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Sábado 25 de noviembre de 2023 El Peruano / 2022, se presentó la candidatura peruana al mencionado Consejo para el período 2024-2025, en la categoría C; Que, la presentación de la referida candidatura tuvo como fundamento el importante e histórico rol del Perú como Estado miembro de la OMI, así como su compromiso de trabajar, de ser elegido, en áreas de crucial prioridad como la seguridad marítima, la protección y conservación de los océanos y recursos marítimos, y la canalización efectiva de la cooperación técnica internacional; Que, las elecciones al Consejo de la OMI, para el periodo 2024-2025, se llevarán a cabo el 1 de diciembre de 2023, en el marco de la Trigésimo Tercera Asamblea General de la OMI, a celebrarse en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 27 de noviembre al 6 de diciembre de 2023; Que, la candidatura peruana al Consejo de la OMI reviste una alta prioridad tanto para los intereses del Perú en las materias de su competencia, como para su imagen internacional; Que, la Dirección de Organismos y Política Multilateral, unidad orgánica que depende de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, tiene, entre sus funciones especí fi cas, la promoción y la gestión de las candidaturas peruanas a los organismos internacionales; Que, en ese sentido, se estima importante la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alberto Gonzales Mejía, Director de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, en la Trigésimo Tercera Asamblea General de la OMI, con miras a promover la candidatura peruana al Consejo de la citada organización internacional; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, se realizará del 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2023; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alberto Gonzales Mejía, Director de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución . Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 (140) Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, Código POI AOI00004500029 Gestión de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje aéreo clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Alberto Gonzales Mejía 2,079.69 540.00 7 3,780.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2238708-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Crean el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa de Diálogo para el Fortalecimiento de los Centros de Empleo entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y Gremios Empresariales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 438-2023-TR Lima, 24 de noviembre de 2023 VISTOS: el Memorándum Nº 001478-2023-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; la Hoja de Elevación Nº 000589-2023-MTPE/3/18; el Informe Nº 000013-2023-MTPE/3/18-MLM de la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo; el Memorándum Nº 001397-2023-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 001072-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que los artículos 23, 58 y 59 de la Constitución Política del Perú establecen, respectivamente, que el trabajo, en sus diversas modalidades es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; que el Estado orienta el desarrollo del país y actúa principalmente en las áreas de promoción del empleo; y que estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria, brindando oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece como una función del Ministerio, compartida con los gobiernos regionales y locales, la de promover el empleo digno y productivo y la inserción en el mercado de trabajo en un marco de igualdad de oportunidades, especialmente para los grupos vulnerables de la población, mediante la defi nición de planes, estrategias, programas y proyectos nacionales; Que, el artículo 96 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, establece que la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo es un órgano de línea, responsable de proponer, ejecutar, dirigir, evaluar las políticas, planes, lineamientos y normativa en materia de intermediación laboral pública y privada. Asimismo, propone, dirige, coordina y supervisa las políticas, planes, lineamientos, directivas y proyectos para la articulación de los servicios de promoción de empleo, empleabilidad y emprendimiento que se prestan a nivel nacional a través de la Red del Servicio Nacional del Empleo;