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30 NORMAS LEGALES Sábado 7 de octubre de 2023 El Peruano / ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 216-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 30458 , Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, mediante el numeral 4.5 del citado artículo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una Comisión Multisectorial; Que, el literal a) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han asignado hasta por la suma de S/ 375 304 626,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES y para fi nanciar actividades de asistencia técnica, evaluación y veri fi cación de solicitudes, seguimiento y monitoreo a cargo del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) en el marco de la citada Comisión, de los cuales, según el acápite i) del citado literal a), se dispone hasta la suma de S/ 334 197 651,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en el pliego INDECI, para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES, y que se ejecutan en el Año Fiscal 2023, conforme a lo establecido en el numeral 4.5 del artículo 4 de la Ley Nº 30458, y el Decreto Supremo Nº 132-2017-EF, Decreto Supremo que aprueba la conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales y dicta normas reglamentarias, entre otro; asimismo, con cargo a los referidos recursos, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de las intervenciones priorizadas en el año 2022 por la Comisión Multisectorial del FONDES, los cuales al 31 de diciembre del 2022 cuenten con los créditos presupuestarios por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios o Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (ROOC), en la etapa de compromiso y no devengados y los devengados no girados en dichas fuentes de fi nanciamiento, en el caso de la fuente de fi nanciamiento ROOC no deben constituir saldos de balance de dicha fuente de fi nanciamiento; los citados créditos presupuestarios corresponden a aquellos que fueron transferidos o incorporados, según corresponda, en el presupuesto institucional de los pliegos del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, con cargo a recursos del FONDES, creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, en el marco del numeral 4.5 del mismo artículo, del numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, de los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, del Decreto Supremo Nº 132-2017-EF y sus modi fi catorias; y, de acuerdo a las disposiciones que imparta la Comisión Multisectorial del FONDES; Que, el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, precisa que los recursos a los que se re fi ere el acápite i del literal a) del numeral 57.1, se trans fi eren a través de modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa, a solicitud del INDECI; Que, mediante los O fi cios Nº 000731-2023-INDECI/ JEF INDECI, Nº 000754-2023-INDECI/JEF INDECI y Nº 000861-2023-INDECI/JEF INDECI, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de setenta y tres (73) gobiernos locales, para fi nanciar ciento sesenta y un (161) intervenciones priorizadas en el Acta Nº 32 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a dieciocho (18) actividades de emergencia, a treinta y tres (33) actividades de mitigación y capacidad de respuesta, a ciento nueve (109) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia y a un (01) proyecto de inversión; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Técnicos Nº 000153-2023-INDECI/OGPP y Nº 000170-2023-INDECI/OGPP de su O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; asimismo, mediante el O fi cio Nº 000080-2023-INDECI/OGPP, la citada O fi cina General remite información complementaria; Que, mediante el Memorando Nº 0527-2023- EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0338-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite información sobre el estado situacional de ciento nueve (109) IOARR de emergencia y un (01) proyecto de inversión, priorizados en el Acta Nº 32 de la Comisión Multisectorial del FONDES, los que se encuentran activos y cumplen con los criterios de no duplicación, ni fraccionamiento; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 64 942 650,00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor de setenta y tres (73) gobiernos locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; y, en el literal a) del numeral 57.1 y el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 64 942 650,00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de setenta y tres (73) gobiernos locales, para fi nanciar ciento sesenta y un (161) intervenciones priorizadas en el Acta Nº 32 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 57.1 y en el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente detalle: