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27 NORMAS LEGALES Sábado 7 de octubre de 2023 El Peruano / Aeroespacial - CONIDA, por el período que dure la capacitación. Artículo 6.- El personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2223062-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, para el traslado de alimentos en el marco del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000190-2023-MIDIS San Isidro, 5 de octubre del 2023VISTOS:El Informe N° D000151-2023-MIDIS-OP emitido por la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° D000322- 2023-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000524-2023-MIDIS-DGDAPS emitido por la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Proveído N° D005585-2023-MIDIS-VMPS emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° D000536-2023-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 218-2022-MIDIS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, el Literal a) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, dispone la asignación de recursos en el Pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 5 756 169,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas (FFAA) al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para el traslado de alimentos en el marco del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, asimismo, el referido dispositivo legal dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, de forma posterior al apoyo brindado, hasta por la suma que les sea comunicada por dichos Ministerios, según corresponda; Que, para efectos de lo señalado en el párrafo precedente, las transferencias fi nancieras autorizadas, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; siendo que, la resolución del titular del pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, de igual forma, se estable que los gastos que irroguen los servicios de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú a otras entidades se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, y de las entidades receptoras de los servicios de apoyo, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, mediante el O fi cio N° 04793-2023-MINDEF/SG la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita que se autorice la transferencia fi nanciera a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, en base a lo informado por la Dirección General de Política y Estrategia, quien traslada el requerimiento presentado por la Fuerza Aérea, referido a la ejecución de 229.2 horas de vuelo, que se sustenta con las actas de conciliación suscritas con el componente de articulación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y los Grupos Aéreos, determinándose que existe un costo diferencial por atender a favor de la Fuerza Aérea, por el monto de S/ 756 564,99 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 99/100 SOLES); Que, mediante O fi cio N° D000492-2023-MIDIS/ PNAEQW-DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma solicita que se efectúen las gestiones correspondientes para realizar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 756 564,99 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 99/100 SOLES), que corresponde al costo total conciliado de la primera, segunda y tercera entrega de alimentos en el ítem Imaza 2 de la Unidad Territorial Amazonas, y en los ítems Purús y Yurúa de la Unidad Territorial Ucayali, en el marco de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; al contar con el presupuesto disponible para su atención, de acuerdo a lo señalado el Informe N° D000179-2023-MIDIS/PNAEQW-UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Informe N° D000524-2023-MIDIS- DGDAPS la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales informa que, la ejecución por los vuelos de apoyo correspondientes a la primera, segunda y tercera entrega de alimentos en el ítem Imaza 2 de la Unidad Territorial Amazonas, y en los ítems Purús y Yurúa de la Unidad Territorial Ucayali, del Programa Nacional Qali Warma, correspondiente a 229.2 horas de vuelo, representa un costo de S/ 6 512 733,99, conforme a las conciliaciones efectuadas entre el citado programa y los respectivos Grupos Aéreos de la Fuerza Aérea del Perú, y visto lo dispuesto en el literal a) de la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, existe una diferencia por transferir al Ministerio de Defensa que asciende a la suma de S/ 756 564,99 (SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 99/100 SOLES); Que, mediante Informe N° D000322-2023-MIDIS- OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000151-