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45 NORMAS LEGALES Viernes 13 de octubre de 2023 El Peruano / ANEXO N° 3 ESTRUCTURA TARIFARIA DE EPS EMAPACOP S.A. DEL PERIODO REGULATORIO 2024-2029 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO I. Estructuras tarifarias Para las estructuras tarifarias, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. Para el primer año regulatorio, EPS EMAPACOP S.A. aplicará las estructuras tarifarias, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 3,54 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras 2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y alcantarillado en el primer año regulatorio Pucallpa (1er año) Categoría RangoTarifa AguaTarifa Alcantarillado S//m3S//m3 Social 0 a más 0,48 0,24 Doméstico0 a 8 0,58 0,29 8 a 20 0,97 0,49 20 a más 1,81 0,91 Estatal 0 a más 1,81 0,91 Comercial y otros0 a 30 2,79 1,41 30 a más 5,24 2,65 Industrial 0 a más 5,24 2,65 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 35 22 1/ 25 2/ 35 30 50 40 1/ A los usuarios domésticos asignados con 20 m3 se les aplicará 22 m3 hasta el año 4. A partir del año 5 se les aplicará una asignación de 25 m3. 2/ A los usuarios domésticos asignados con 30 m3 se les aplicará una asignación de 25 m3.De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados por localidades Los usuarios de la categoría doméstico cuya manzana de residencia se encuentra dentro de la clasi fi cación de las manzanas con ingresos bajo y con ingresos medio bajo, según los “Planos Estrati fi cados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2017” del Instituto Nacional de Estadística e Informática ( INEI), serán bene fi ciarios con un factor de ajuste sobre la tarifa de agua potable, según el siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 8 m 3 Categoría Rango (m3) Factor de ajuste Doméstico 0 a 8 0,65 La forma de determinar el importe a facturar del primer año regulatorio en EPS EMAPACOP S.A. y las consideraciones para la aplicación de la estructura tarifaria en los siguientes años regulatorios, así como los criterios para la implementación de los subsidios focalizados se ubican en el Subcapítulo (VI.9): “Determinación de las estructuras tarifarias y subsidios cruzados” del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones 1 No incluye el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. 2 Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD y modi fi catorias. 3 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASS-CD y modi fi catorias. ANEXO N° 4 FONDO Y RESERVAS DE EPS EMAPACOP S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2024-2029 Perío do Fondo de Inversiones*Reserva para la gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC)*Reserva de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE)*Reserva para costos de mantenimiento de infraestructuras y reposición de equipos y maquinarias* Año 1 6,9% 0,2% 0,4% 7,9% Año 2 7,3% 1,3% 0,9% 8,0% Año 3 25,2% 0,7% 1,0% 6,6% Año 4 25,6% 0,6% 0,6% 6,5% Año 5 22,8% 1,2% 1,2% 6,9% (*) Porcentajes de los ingresos. Estos ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcan tarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la elaboración del plan de control de calidad (PCC) y programa de adecuación sanitaria (PAS) Esta reserva debe ser conformada con los recursos provenientes del saldo fi nal, al mes anterior de la publicación de la presente resolución, de la reserva constituida mediante Resolución de Consejo Directivo N° 051-2018-SUNASS-CD1 denominada “Reserva para la formulación del plan de control de calidad (PCC) y del programa de adecuación sanitario (PAS)”. 1 Mediante Resolución de Consejo Directivo N° 086-2022-SUNASS-CD, publicada el 22 de setiembre de 2022, se aprobaron los nuevos porcentajes a depositar a la referida reserva en los meses restantes del cuarto año y el quinto año del periodo regulatorio 2019-2023 de EMAPACOP S.A.