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51 NORMAS LEGALES Viernes 13 de octubre de 2023 El Peruano / Localidades de Tacna y Pachía (1er año) Categoría RangoTarifa Agua Tarifa Alcantarillado S/ /m3S/ / m3 Social 0 a más 0.90 0.38 Doméstico0 a 8 1.18 0.49 8 a 16 1.56 0.66 16 a más 2.51 1.12 Estatal 0 a más 2.55 1.15 Comercial y otros0 a 30 2.60 1.15 30 a más 5.29 2.22 Industrial0 a 60 6.39 2.69 60 a más 8.59 3.63 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 10 16 30 50 100 Localidad de Locumba (1er año regulatorio) Categoría RangoTarifa Agua Tarifa Alcantarillado S/ /m3S/ / m3 Social 0 a más 0.58 0.25 Doméstico0 a 8 0.63 0.25 8 a 16 1.08 0.42 16 a más 2.10 0.77 Estatal 0 a más 2.15 0.77 Comercial y otros 0 a más 2.20 0.77 Industrial 0 a más 5.00 2.00 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otrosEstatal Industrial 10 16 30 50 100 De acuerdo con el marco legal vigente, con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Si transcurridos 2 meses el usuario continúa oponiéndose a la instalación del medidor, el prestador podrá efectuar el cierre del servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento 3. I.3 Factor de ajuste para la aplicación del sistema de subsidios cruzados focalizados por localidades Los usuarios de la categoría doméstico con una Clasi fi cación Socioeconómica de pobre o pobre extremo en el Padrón General de Hogares (PGH) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), así como aquellos usuarios cuya manzana de residencia se encuentra dentro de la clasi fi cación de las manzanas con ingresos bajo y medio bajo, según los “Planos Estrati fi cados por Ingreso a Nivel de Manzanas de las Grandes Ciudades 2020” del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), serán bene fi ciarios con un factor de ajuste sobre la tarifa de agua potable, según el siguiente cuadro: Factor de ajuste aplicable a la tarifa de agua potable de la categoría doméstico por los primeros 8 m 3 Año regulatorio Rango (m3)Factor de ajuste 1/Factor de ajuste 2/Factor de ajuste 3/ Años 1 y 2 0 a 8 0.76 0.92 0.76 Años 3 y 4 0 a 8 0.76 0.84 0.88 Año 5 0 a 8 0.76 0.76 1.00 1/ Correspondiente a los usuarios que continúan con el bene fi cio del Subsidio Cruzado Focalizado. 2/ Correspondiente a los usuarios que acceden al bene fi cio del Subsidio Cruzado Focalizado. 3/ Correspondiente a los usuarios que pierden el bene fi cio del Subsidio Cruzado Focalizado. La forma de determinar el importe a facturar del primer año regulatorio en EPS TACNA S.A. y las consideraciones para la aplicación de la estructura tarifaria en los siguientes años regulatorios, así como los criterios para la implementación de los subsidios focalizados se ubican en el Capítulo VI.9: “Determinación de las estructuras tarifarias y subsidios cruzados” del estudio tarifario, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/ informes-publicaciones 1 No incluye el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. 2 Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD y modi fi catorias. 3 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 011-2007-SUNASS-CD y modi fi catorias. ANEXO N° 4 FONDO Y RESERVAS DE EPS TACNA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2024-2028 Perío do Fondo de Inversiones*Reserva para la gestión del riesgo de desastres (GRD) y adaptación al cambio climático (ACC)* Reserva para mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE)*Reserva para mantenimiento y operatividad del servicio* Año 1 25.3% 0.5% - 7.0% Año 2 26.5% 0.5% - 6.6% Año 3 28.2% 0.5% - 6.5% Año 4 28.2% 0.5% - 6.1% Año 5 28.0% 0.5% 0.2% 6.0% (*) Porcentajes de los ingresos. Estos ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcan tarillado, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal. ANEXO N° 5 COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES A APLICAR POR EPS TACNA S.A. PARA EL PERIODO REGULATORIO 2024-2028 Código Actividades Unidad Especi fi caciónCosto unitario (S/) 1 CORTE, ROTURA Y REPOSICIÓN 1.01 Corte y rotura de pavimento fl exible con asfalto m2 Para 1.00 m2 de pavimento fl exible de asfalto 58.30 1.02 Corte y rotura de pavimento rígido con concreto m2 Para 1.00 m2 de pavimento rígido de concreto f´(c)= 210 kg/cm2. 58.30