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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (21/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 21 de octubre de 2023 El Peruano / DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segundo.- La presente norma es de cumplimento obligatorio para todo el personal de la Municipalidad sin excepción en lo que corresponda, para lo cual se deberá adecuar la normativa interna a fi n de proceder a cumplir con lo establecido en la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza, en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho (www.munichosica.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe/. Regístrese publíquese comuníquese y cúmplase.OSWALDO HERNAN VARGAS CUELLAR Alcalde 2227275-1 Reconforman la Comisión Técnica Mixta de Transporte del distrito de Lurigancho DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2023/MDL Lurigancho, 6 de octubre del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO VISTO: EI Decreto de Alcaldía N°006-2023/ MDL, el Memorándum N° 1195-2023-MDL/SG de la Secretaria General, el O fi cio N° 45-2023-REGPOL LIMA/ DIVPOLCHOSICA.CCHOS.ADM de la Comisaria de Chosica el Memorándum N° 2512-2023-MDL/GM de la Gerencia Municipal, sobre el nombramiento del personal Policial como representante ante la Comisión Técnica Mixta de Vehículos Menores, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el segundo párrafo del artículo 39º del T.U.O. de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, el artículo 42 de la precitada Ley (…); Que, en el literal a) del numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nª 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que las municipalidades distritales ejercen competencia de regulación del transporte menor; Que, de acuerdo a los dispuesto en el D. S. Nª 055-2010- MTC, establece en el artículo 1º que dicho Reglamento tiene por objeto establecer las normas generales para prestar servicios de transporte publico especial de pasajeros en vehículos menores de tres (3) ruedas motorizados y no motorizados; la Segunda Disposición Complementaria Final del mismo Decreto señala que cada municipio cuenta con una Comisión Técnica Mixta la cual es autónoma y está integrada por los regidores de la Comisión de Transporte o por la Comisión que haga que sus funciones, por representantes acreditados de la PNP y de las Organizaciones de Transportadores del Servicio Especial, detallando en el mismo las funciones de dicha comisión; Que, a los dispuesto por la Ordenanza Nª 1693- MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en su último párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria y Final, prescribe que la Municipalidades Distritales deberán cumplir con lo establecido en la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 055-2020-MTC o en la norma que haga sus veces; Que, de conformidad con la Ordenanza 169-MDL de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, en la Décima Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza dispone: Confórmese la Comisión Técnica Mixta, que estará integrada por los regidores de la Comisión de Transporte, uno de los cuales la presidirá; un representante de la zona de Chosica, un representante de la zona de Ñaña, un representante de la Zona de Huachipa, Cajamarquilla y Jicamarca; y un Representante de la Policía Nacional de cada zona de Chosica, Chaclacayo, Huachipa y Jicamarca; Que, mediante Informe Nº235-2023/MDL/GDEL/ SGTySV de la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, concluye que de los documentos presentados las Organizaciones de Transportadores en vehículos menores y las Comisarias PNP de la jurisdicción de Lurigancho designan a las siguientes personas a integrar la Comisión Técnica Mixta de Vehículos Menores, no de fi niendo Un representante de la Comisaria de Chosica; Que, con Informe N°247-2023-MDL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión FAVORBALE para la emisión de un Decreto de Arcadia que apruebe la Conformación Técnica Mixta en merito a las facultades establecidas en Quinta Disposición Final de la Ordenanza Nº 169-MDL y el artículo 42º de a Ley Nª 27972; Que, se emite el Decreto de Alcaldía N° 006-2023/MDL Conformando la Comisión Técnica Mixta De Transporte del Distrito de Lurigancho conforme a la propuesta de la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, constando de 14 representantes debidamente acreditados; Que, con el O fi cio N° 45-2023-REGPOL LIMA/ DIVPOLCHOSICA.CCHOS.ADM de la Comisaria de Chosica, acredita al ST1 PNP Federico Mario Huamán Salinas, como representante de la Comisaria de Chosica; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20° el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: SE DECRETA:Artículo Primero.- RECONFORMAR la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE TRANSPORTE DEL DISTRITO DE LURIGANCHO de conformidad con lo establecido en Ordenanza 169-MDL de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, el cual queda integrado como sigue: 1. JULIO LUCAS GOICOCHEA SALDAÑA REGIDOR -PRESIDENTE 2. MERCEDES CONDORI BALDEON REGIDOR3. JOSE JOSE TELLO PACHECO REGIDOR4. ALFZ. PNP MARQUEZ GUTARRA RENZO ZONA DE HUACHIPA- CAJAMARQUILLA Y JICAMARCA 5. ST1 PNP FEDERICO MARIO HUAMAN SALINAS ZONA DE CHOSICA 6. S2 PNP CHOCCA MORENO CINTHYA ZONA DE CHACLACAYO 7. S3PNP VARGAS CISNEROS CARLOS JAVIER ZONA DE JICAMARCA 8. FRANCISCO RAMONI FLORES ROMERO ZONA DE CHOSICA 9. BERNABE VEGA ALEJANDRO ZONA DE HUACHIPA-CAJAMARQUILLA Y JICAMARCA. 10. MOISES MAGNO CASTRO CASAS ZONA DE CHOSICA 11. LUIS ENRIQUE DOMINGUEZ ESQUIVEL ZONA DE ÑAÑA 12. DAVID RICHARD AUCATOMA TELLO ZONA DE HUACHIPA-CAJAMARQUILLA Y JICAMARCA. 13. VICTOR LUDEÑA HUA PAYA ZONA DE CHOSICA 14. MAURO JUVENAL RIVERA HUAMAN ZONA DE ÑAÑA