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81 NORMAS LEGALES Sábado 21 de octubre de 2023 El Peruano / 5.1.14. Autorizar la participación de expertos independientes en los comités de selección. 5.1.15 Celebrar y suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras, así como suscribir adendas para su modi fi cación de corresponder, con la excepción de los procedimientos de selección para las contrataciones directas. 5.1.16. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducción de prestaciones de obra. 5.1.17 Celebrar contratos complementarios de bienes, servicios y obras. 5.1.18. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes, servicios, consultorías, incluyendo las provenientes de contrataciones directas bajo el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus respectivas modi fi catorias y otras normas aplicables. 5.1.19 Emitir el acto resolutivo por el cual se resuelva la suscripción, modi fi cación y resolución de los contratos de bienes, servicios y obras conforme a la normativa aplicable. 5.1.20 Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas en el caso de bienes, servicios y consultorías. 5.1.21 Aprobar el pago por extensión de los servicios de consultoría de obra producto de la aprobación de ampliaciones del plazo de ejecución de obra. 5.2 En materia de gestión administrativa5.2.1. Representación legal del Gobierno Regional ante cualquier tipo de autoridad administrativa, militar y judicial, así como suscribir acuerdos, contratos, adendas y cualquier otro acto relacionado con los fi nes de la institución: salvo los casos en los que el Gobernador Regional decidiera avocarse u otorgue facultades especiales a otros funcionarios. 5.2.2. Comunicar, reiterar y hacer seguimiento en el cumplimiento de los mandatos judiciales a través de las gerencias y los órganos de apoyo o asesoramiento con excepción de los referidos en materia de ceses colectivos. 5.2.3. Designar a través de acto resolutivo a los representantes de la entidad en los procedimientos de negociación colectiva. 5.2.4. Disponer, cumplir y hacer cumplir los mandatos judiciales a través de los órganos de apoyo y asesoramiento con excepción de los referidos en materia de ceses colectivos conforme a lo establecido en el artículo 4 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado con Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; así como de los mandatos y/o pronunciamientos expedidos por el fuero arbitral o por los tribunales administrativos. El pago de sentencias judiciales en calidad de cosa Juzgada se efectuará de acuerdo con la Ley Nº 3013.- Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencia judiciales y su modi fi catoria como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2014-JUS. 5.2.5. Suscribir contratos y adendas sujetos a las disposiciones reguladas en la Directiva Nº 006-2015-CG/PROCAL, gestión de Sociedades de Auditoria, sus modi fi catorias y/o regulación que la reemplace. 5.2.6. Aprobar el reconocimiento de créditos devengados en el marco de la Ley de Procedimiento Administrativo General para el reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 017-84-PCM. 5.2.7. Aprobar el registro de información de los activos y pasivos fi nancieros del módulo de instrumentos fi nancieros (MIF) del Pliego 0818: Gobierno Regional Junín y sus unidades ejecutoras. 5.2.8 Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las unidades ejecutoras del Pliego 0818: Gobierno Regional Junín y sus unidades ejecutoras. 5.2.9. Suscribir contratos administrativos de servicios (CAS) y adendas incluyendo aquellos de los funcionarios de con fi anza del Gobierno Regional Junín. 5.2.10. Expedir resoluciones sobre acciones administrativas para el castigo de las Cuentas Incobrables: Castigo Directo y Castigo Indirecto, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Instructivo Nº 3 “Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables”, aprobado por Resolución de Contaduría Nº 067-97-EF-93.01 y sus modi fi catorias. 5.2.11. Regular, tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administración, disposición, adquisición, transferencia, donación, registro y supervisión de bienes muebles. 5.2.12 Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles por parte de otras entidades públicas, personas naturales y/o jurídicas nacionales e internacionales previa evaluación de la documentación respectiva, así como de los informes técnico y legal que sobre el particular vayan a expedirse conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2015/SBN “Procedimientos de gestión de bienes muebles estatales”, aprobada por Resolución Nº 046-2015/SBN y su modi fi catoria salvo disposición legal distinta. 5.2.13 Suscribir, modi fi car y resolver los contratos con las sociedades de auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control. 5.2.14 Autorizar eventos con entidades y/o instituciones públicas y privadas, siempre y cuando no irrogue, gastosa la entidad. 5.2.15 Aprobar los actos de disposición para uso temporal de los bienes del Gobierno Regional Junín, previa opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), según los procedimientos establecidos en las normas legales vigentes. 5.2.16 La facultad de suscribir resoluciones de transferencia de proyectos de inversión pública culminados y con liquidación técnica fi nanciera por contrata y administración directa de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado su Reglamento, modi fi caciones y normas aplicables. 5.2.17 Aprobar la designación de los árbitros por parte de la Entidad, respecto a los procesos arbitrales de contrataciones del Estado conforme a la normativa aplicable al caso. 5.3 En materia presupuestaria y fi nanciera: 5.3.1 Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la sede del Gobierno Regional de Junín. 5.3.2 Suscribir los estados fi nancieros y presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la Republica y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Publica del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a las normas sobre la materia. 5.4 En materia de Recursos Humanos: 5.4.1 Formalizar los resultados de los concursos internos de ascensos o promoción de personal de la Sede del Gobierno Regional Junín a través de acto resolutivo, previa emisión técnico y legal que valide el procedimiento. Artículo Sexto.- DELEGAR al SUB DIRECTOR de la OFICINA DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AUXILIARES de la Sede del Gobierno Regional Junín, las siguientes facultades y atribuciones que a continuación se enuncian: 6.1 En materia de Contrataciones con el Estado:6.1.1 Suscribir órdenes de compra, servicios y resolverlo de ser el caso derivados de los procedimientos de selección de adjudicación simpli fi cada y subasta inversa electrónica para bienes y servicios en general en los que no se formalice un contrato. 6.1.2. La facultad de suscribir ordenes de compras y servicios, resolverlos de ser el caso derivados de procedimiento de selección de comparación de precios. 6.1.3. Modi fi car y resolver la relación contractual derivada de catálogos electrónicos de acuerdo marco cuando el monto de la contratación no supere S/. 100 000, 00 (Cien mil con 00/100 soles). 6.1.4 Resolver las solicitudes de ampliación de plazo en las contrataciones derivadas del catálogo electrónico de acuerdo al marco cuando el monto de la contratación