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86 NORMAS LEGALES Sábado 21 de octubre de 2023 El Peruano / 15. NELSON RODRIGUEZ CASTELLARES ZONA DE HUACHIPA-CAJAMARQUILLA Y JICAMARCA. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga a los dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial el cumplimiento de los dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y DISPONER a la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica cumpla con realizar la Publicación del presente Decreto de Alcaldía en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSWALDO HERNAN VARGAS CUELLAR Alcalde 2227283-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra ORDENANZA Nº 437-MDPP Puente Piedra, 19 de octubre de 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, se ha emitido la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ya que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el articulo VII de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política, regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 9 del dispositivo legal antes acotado, establece que corresponde al Concejo aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; asimismo resulta concordante con lo establecido en el artículo 40 el cual señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública hacia un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la organización formal de una entidad pública, es decir, contiene su estructura orgánica, así como las funciones generales y especí fi cas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. En ese sentido, constituye una de las herramientas más importantes para la adecuada gestión administrativa de una entidad, como documento que ordena las funciones a su cargo; Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias, el mismo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. Regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado. La fi nalidad de dicha norma radica en que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el artículo 46 del dispositivo legal antes señalado establece que se requiere la aprobación o modi fi cación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: (…) b) “Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización. En este supuesto, el informe técnico para justi fi car el ROF contiene las secciones 1 y 2 a las que se re fi ere el artículo 47.” Asimismo, el numeral 3 del artículo antes señalado, establece que: “La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces es responsable técnico de la propuesta de ROF y el informe técnico que lo sustenta.”; Que, en ese sentido, se tiene que mediante Informe Nº 215-2023-SGOU/GSC/MDPP de fecha 22 de agosto de 2023, la Subgerencia de Ordenamiento Urbano remite a la Gerencia Municipal, su análisis y propuesta a la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Que, de esta manera la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, a través de su Informe Nº 097-2023-OGPPI/MDPP de fecha 06 de octubre de 2023, remite la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la entidad, solicitando continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, asimismo, mediante Informe Nº 385-2023- OGAJ/MDPP de fecha 06 de octubre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto en MAYORÍA del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, que como ANEXO forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma y/o disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la O fi cina General de Administración y Finanzas, su publicación íntegra en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNÁN SAMUEL ESPINOZA ROSALES Alcalde 2227056-1