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68 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de octubre de 2023 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación, tanto del texto de la presente resolución como del Anexo adjunto, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. (www.munisantarosa.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2227811-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Piura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0388-00-CMPP San Miguel de Piura, 6 de octubre de 2023VISTO:El Informe Nº 151-2023-OyMI-GTySI/MPP, de fecha 04 de julio de 2023, de la O fi cina de Organización y Métodos de Información; Proveído de la Gerencia de Plani fi cación y Desarrollo, de fecha 07 de julio de 2023; Memorando Nº 0307-2023-GM/MPP, de fecha 10 de julio de 2023, de la Gerencia Municipal; Informe Nº 168-2023-OyMI-GTySI/MPP, de fecha 20 de julio de 2023, de la O fi cina de Organización y Métodos de Información; Informe Nº 182-2023-OyMI-GTySI/MPP, de fecha 15 de agosto de 2023, de la O fi cina de Organización y Métodos de Información; Informe N° 1434-2023-GAJ/MPP de fecha 22 de agosto de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Dictamen Nº 011-2023-CPYDEL-CEYA/MPP de fecha 13 de septiembre de 2023, de la Comisión Mixta integrada por la Comisión de Plani fi cación y Desarrollo Económico Local y por la Comisión de Economía y Administración; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 señala en el numeral 3) de su artículo 9º que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el Artículo 40º señala: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado declara al Estado Peruano, en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho objetivo; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en el numeral 2) del artículo 9º, que dentro de la autonomía administrativa se encuentra la facultad de organizarse internamente, precisando además en el literal d) del artículo 42º que es competencia exclusiva de los gobiernos locales, aprobar su organización interna; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública cuyo objetivo es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacten positivamente en el bienestar del ciudadano y en el desarrollo del país; Que, a través del Decreto Supremo N° 054-2018- PCM y sus modi fi catorias se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado con el objetivo de establecer los principios, criterios, y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, con la fi nalidad de que se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas en bene fi cio de la ciudadanía; derogando el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018-PCM/SGP se aprueba la Norma Técnica N° 001-2018-PCM/SGP: “Norma Técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las entidades de la administración pública” que establece que la Gestión por Procesos debe ser entendida como una herramienta orientada a identi fi car y suministrar información para el análisis de la entidad con un enfoque en sus procesos, con el propósito de satisfacer necesidades y expectativas de los ciudadanos en el marco de sus objetivos institucionales. Así pues, a través de la Resolución Gerencial N° 064-2021-GM/MPP de fecha 26 de julio de 2021, se aprobó el Mapa de Procesos Nivel 0 y 1 de la Municipalidad Provincial de Piura; Que, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM/SGP de fecha 17 de abril de 2020, se aprobaron los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”. Asimismo, con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, de fecha 14 de septiembre del 2020, se aprueban los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP; Que, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM-SGP de fecha 28 de diciembre de 2020, se aprobó la “Norma Técnica Nº 001-2020-PCM/ SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades” con la fi nalidad de facilitar que estas se organicen de la mejor manera y respondan a las necesidades de la población de su jurisdicción; la misma, que es de aplicación a las municipalidades provinciales y distritales, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia; Que, mediante Informe N° 151-2023-OyMI-GTySI/MPP de fecha 04 de julio de 2023, la O fi cina de Organización y Métodos de Información alcanza la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Piura y su respectivo Informe Técnico Sustentatorio con la fi nalidad de que sea elevado a la Alta Dirección y se disponga el trámite de aprobación por el Pleno del Concejo. Lo anterior a fi n de: i) Formalizar una Estructura Orgánica moderna y enmarcada en el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, y sus modi fi catorias, y ii) establecer las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, y sus relaciones de dependencia; de manera que la aprobación de este documento garantice una ordenada y efectiva gestión que acerque a la entidad al logro de sus objetivos institucionales, así como logar una mejora en la atención de los servicios que demanda la población; Que, mediante Proveído S/N de fecha 07 de julio de 2023, la Gerencia de Plani fi cación y Desarrollo deriva a