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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (27/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 122

122 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / Artículo 7º.- INTERESES APLICABLES A LOS FRACCIONAMIENTOS No se aplicará intereses sobre los Convenios de fraccionamiento. Una vez vencidas las cuotas de fraccionamiento sin que se hubiesen pagado, éstas se capitalizan con el interés del fraccionamiento y se devenga un interés moratorio equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente. Artículo 8º.- PÉRDIDA DEL BENEFICIO La pérdida del bene fi cio de fraccionamiento durante la vigencia de la presente Ordenanza, dará lugar a la pérdida de los bene fi cios de condonación otorgados, los mismos que serán revertidos continuándose con el respectivo procedimiento de cobranza en el estado en que se encontraban al momento del acogimiento a los bene fi cios que se aprueban mediante la presente norma. Artículo 9º.- DECLARACIONES Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS SIN MULTA TRIBUTARIA Los administrados que a la fecha de publicación de la presente Ordenanza que no hayan cumplido con la obligación de comunicar a la Municipalidad la adquisición o transferencia de un predio sea por venta, compra, donación, herencia, remate, anticipo de legítima, entre otros, podrán realizar la Declaración Jurada respectiva sin aplicación de Multas Tributarias durante la vigencia de la presente norma. Se procederá de igual forma para los casos de modi fi cación del valor del predio. Artículo 10°.- PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza se consideran válidos y no generan derecho de devolución ni compensación alguna. Artículo 11°.- DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN Los contribuyentes interesados en acogerse a los bene fi cios aprobados mediante la presente Ordenanza, que hubiesen interpuesto recursos impugnativos tendientes a cuestionar las deudas materia de acogimiento, deberán previamente desistirse de la pretensión, de conformidad a lo previsto en el Código Tributario y normas pertinentes. Artículo 12°.- CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO ANTERIORMENTE SUSCRITOS Los administrados que mantengan Convenios de Fraccionamiento anteriormente suscritos, tendrán el bene fi cio de condonación del 100% de intereses, reajustes, costas y gastos procesales, respecto a las deudas pendientes de pago. Artículo 13°.- VIGENCIA: El plazo de vigencia de la presente Ordenanza será desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, hasta el 22 de diciembre de 2023 pudiendo ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldía. DISPOSICIONES FINALES, COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- Para efectos de poder acogerse a los bene fi cios de descuento para contribuyentes puntuales, pensionistas, arbitrio social y demás aplicables, con relación a los arbitrios municipales, se considerará que los contribuyentes se encuentran al día en sus pagos, asimismo, se considerará que se cuenta con dicha condición respecto del Impuesto Predial, a fi n que los contribuyentes puedan realizar los pagos respectivos por dichos tributos tanto de forma presencial, como vía web a través de la plataforma virtual que se utilice para tal fi n. En ese sentido, para la ejecución de lo señalado en el párrafo anterior, se suspende la aplicación del artículo 2° de la Ordenanza N° 006-2015-MDLP/AL y sus modi fi catorias, en cuanto a los requisitos de estar al día para acogerse al bene fi cio de descuento de S/ 30.00 (treinta con 00/100 soles) en el arbitrio de seguridad ciudadana, aplicándose dicho bene fi cio conforme a lo establecido en la presente Ordenanza y demás normas respectivas.Segunda.- PRECISAR que la aplicación del bene fi cio para predios con uso Casa Habitación, sobre tope máximo de incremento del 5%, previsto en el artículo 14° de la Ordenanza N° 010-2021-MDLP/AL sobre Arbitrios Municipales para el ejercicio 2022 en el distrito de La Punta, también será de aplicación para contribuyentes nuevos con uso casa habitación, y se tomará como referencia para el respectivo cálculo, la comparación de los montos emitidos en conjunto para el anterior propietario, por los tres (3) servicios para el ejercicio 2022, contra el monto que correspondería emitirse por los mismos tres (3) servicios para el ejercicio 2023. La comparación de los montos 2022 contra los montos 2023, se efectuará sumando los tres (3) servicios (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana). Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Desarrollo Económico y Turismo, al Ejecutor Coactivo, a la O fi cina General de Administración, a la Ofi cina de Tecnología de la Información y demás gerencias y ofi cinas competentes de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- DELEGAR en el señor Alcalde la facultad para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y disponga su prórroga si fuera el caso. Quinta.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Unidad de Tecnología de la Información en el Portal Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN Alcalde 2228289-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA Autorizan viaje de servidor de la municipalidad para participar en pasantía que se realizará en Brasil RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 250-2023-MPA/A Atalaya, 5 de octubre del 2023VISTO: El Expediente Externo Nº 46698-2023 el mismo que contiene la Carta Nº 532-2023-ADESEP de fecha 17 de agosto del 2023; El Informe Nº 004-2023-ICPM/SGSC-MPA de fecha 28 de agosto del 2023; El Informe Nº 00120-2023-SGSC/GSP-MPA de fecha 28 de agosto del 2023; El Informe Nº 2203-2023-GSP-MPA de fecha 29 de agosto del 2023; El Expediente Interno Nº 49481-2023; El Informe Nº 005-2023-ICPM-SGSC/GSP-MPA de fecha 20 de septiembre del 2023; El Informe Nº 00132-2023-SGSC/GSP-MPA de fecha 21 de septiembre del 2023; El Informe Nº 2266-2023-GSP-MPA de fecha 22 de septiembre del 2023; El Informe Legal Nº 224-2023-MPA/GAJ-YVBB de fecha 02 de octubre del 2023; El Memorando Nº 315-2023-MPA/A de fecha 03 de octubre del 2023; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su