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8 NORMAS LEGALES Domingo 29 de octubre de 2023 El Peruano / VISTO, el O fi cio N° 000839-2023-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 6 al 8 de noviembre de 2023, se llevará a cabo la Feria Internacional de Turismo “World Travel Market 2023”, evento líder mundial para la industria de viajes, en la cual se presentan las nuevas tendencias en turismo a nivel globalizado, las mismas que permiten a la Institución y a la oferta peruana permanecer a la vanguardia en la promoción del destino turístico; asimismo, los días 6 y 7 de noviembre del mismo año, se participará en reuniones de coordinación con los medios de prensa y operadores británicos; y en el Seminario Adventure Connect, con una presentación del destino Perú a los agentes y operadores de la Adventure Travel Trade Association (ATTA); Que, PROMPERÚ, conjuntamente con empresas peruanas prestadoras de servicios turísticos, participará en la Feria Internacional de Turismo “World Travel Market 2023”, con el objetivo de fortalecer el posicionamiento del Perú como destino turístico y diversi fi car nuestra oferta, dando a conocer los nuevos productos turísticos que ofrece el país; asimismo, el día 5 de noviembre del mismo año, se tiene previsto ejecutar acciones necesarias para la óptima presentación y participación en la referida feria internacional; Que, es de interés institucional la participación en la Feria Internacional de Turismo “World Travel Market 2023”, por lo que la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje en comisión de servicios al exterior, de las señoras Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, y Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz, profesional de la O fi cina de Producción, de la Gerencia General, para que en representación de PROMPERÚ, participen realizando acciones de promoción del turismo receptivo; Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de las señoras Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, y Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz, profesional de la O fi cina de Producción de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 9 de noviembre de 2023, para que en representación de la Entidad, participen en la Feria Internacional de Turismo “World Travel Market 2023”, a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US $Zona Geográ fi caViáticos día US $Nro. díasTotal Viáticos US $ Cecilia Milagros Berrocal Pérez Albela1 915,69 Europa540,00 5 2 700,00 Emperatriz Judith Aliaga Manassevitz1 915,69 540,00 5 2 700,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria internacional a la que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2229675-1 CUL TURA Otorgan distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000430-2023-MC San Borja, 28 de octubre del 2023VISTOS: el Proveído Nº 009600-2023-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000840-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Nº 001201-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 001620-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;