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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (29/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 29 de octubre de 2023 El Peruano / 3. Nivel Operativo 3.1 Delitos contra la Trata de Personas:- Un (1) O fi cial Superior de la División de Investigación de Trata de Personas - Dos (2) O fi ciales operativos - Un (1) O fi cial de inteligencia - Un (1) Equipo de investigación 3.2 Delitos contra el Medio Ambiente:- El Jefe de la Unidad Funcional de Investigación contra el Crimen Organizado de Medio Ambiente - Dos (2) O fi ciales operativos - Un (1) O fi cial de inteligencia - Un (1) Equipo de investigación 3.3 Delitos de homicidio cali fi cado y sicariato contra integrantes de comunidades indígenas: - El Jefe de la División de Investigación de Homicidios - Dos (2) O fi ciales operativos - Un (1) O fi cial de inteligencia - Un (1) Equipo de investigación Artículo 2.- Conformación de los Equipos Multidisciplinarios Especializados (EME) Los Equipos Multidisciplinarios Especializados se conforman, en el ámbito de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo con el Anexo adjunto a la presente Resolución. Artículo 3.- Objeto de los Equipos Multidisciplinarios Especializados (EME) Los Equipos Multidisciplinarios Especializados, cuya estructura y conformación se aprueban en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, tienen por objeto establecer las acciones necesarias para la realización de actividades conjuntas de cooperación con el Ministerio Público, para la lucha contra los delitos de trata de personas, en materia ambiental y delitos de homicidio cali fi cado y sicariato contra los integrantes de las comunidades indígenas, consiguiendo articular esfuerzos y capacidades para realizar una investigación integral del delito. Artículo 4.- Acuerdo de temporalidad La Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias y conforme a Ley, dispone lo conveniente para la permanencia del personal policial designado como integrante de los Equipos Multidisciplinarios Especializados, en las unidades de organización correspondientes, por el plazo de tres (3) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución. Artículo 5.- Ámbito de alcance de los Equipos Multidisciplinarios Especializado (EME) Los Equipos Multidisciplinarios Especializados funcionan en el territorio nacional y, de ser aplicable, en lo pertinente al crimen organizado transnacional se realiza mediante la cooperación internacional. Artículo 6.- Participación de la Dirección General Contra el Crimen Organizado La Dirección General Contra el Crimen Organizado, en el ámbito de sus competencias funcionales, se encarga de coordinar, recibir, analizar y consolidar información en materia de lucha contra el crimen organizado, a fi n de generar herramientas para fortalecer el trabajo de los Equipos Multidisciplinarios Especializados, en coordinación con el Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú. La Dirección General Contra el Crimen Organizado no interviene en la función operativa a cargo de los Equipos Multidisciplinarios Especializados. Artículo 7.- Financiamiento Para el cumplimiento de las funciones de los Equipos Multidisciplinarios Especializados, los gastos que demande su implementación y funcionamiento, son cubiertos con cargo a los recursos asignados a cada unidad de organización de la Policía Nacional del Perú que participa, y sujetos a la disponibilidad presupuestal que se gestione para tal fi n.Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y en la página web de la Policía Nacional del Perú (www.policia.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2229744-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban el Trigésimo Cuarto Listado de Personas Beneficiarias civiles, militares y policiales del Programa de Reparaciones Económicas (PRE) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0347-2023-JUS Lima, 28 de octubre de 2023VISTOS, el Memorando Nº 747-2023-JUS/CMAN-SE, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel -CMAN encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; el Informe Nº 467-2023-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 1158-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 28592, se crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR, que tiene por objeto establecer el Marco Normativo para las víctimas de la violencia acaecida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000; Que, conforme lo dispone el artículo 38 del Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por el Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, señala que, teniendo en cuenta los listados a que se hace referencia en el artículo 42 de la citada norma, el Consejo de Reparaciones determinará e identi fi cará a las personas bene fi ciarias del Programa de Reparaciones Económicas (PRE); Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 051- 2011-PCM, modi fi ca el artículo 37 del Reglamento antes acotado, determinando que el otorgamiento de las reparaciones se efectuará gradual y progresivamente, previa aprobación de los procedimientos y modalidades de pago que deberán regir para el PRE, mediante Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 051-2011- PCM, determina que el monto de la reparación económica por víctima de violación sexual, víctima de discapacidad física o mental permanente, víctima desaparecida o víctima fallecida, asciende a S/ 10 000.00 (Diez Mil con 00/100 Soles), dictándose los lineamientos para el caso de concurrencia del cónyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las víctimas desaparecidas o fallecidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional - CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - MINJUSDH; Que, en el contexto de la adscripción de la CMAN al MINJUSDH, se dicta la Resolución Ministerial Nº 0149-2012-JUS, por la cual se modi fi can los procedimientos y modalidades de pago para la implementación del PRE, aprobados con Resolución Ministerial Nº 184-