NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023 El Peruano / designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado asignar dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Norte; asimismo, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar a los fi scales que ocupen provisionalmente los cargos antes mencionados, nombramientos y designaciones que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Asignar, de manera temporal, dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, a la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Norte, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Nombrar a las siguientes abogadas, como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Norte, conforme se detalla: Karla Elizabeth Pasache Contreras Luisa Ines Quispe Asmat Artículo Tercero.- Disponer que los nombramientos y las designaciones de manera temporal del personal fi scal señalado en el artículo segundo tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a las fi scales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2217277-1Nombran Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de La Libertad, designan Fiscal en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2362-2023-MP-FN Lima, 20 de setiembre de 2023VISTA:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 061-2023-MP-FN-JFS, de fecha 07 de agosto de 2023. CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de vista, se resolvió entre otro, crear la Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Delitos de Ciberdelincuencia de La Libertad, con competencia en la provincia de Trujillo del Distrito Fiscal de La Libertad, la cual estará integrada por un (01) Fiscal Provincial y un (01) Fiscal Adjunto Provincial. Asimismo, se precisa que dichas fi scalías estarán integradas por plazas fi scales creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, las mismas que tienen el carácter transitorio. Mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 03 de julio de 2023, se dispuso, entre otros, la creación de cuatro (04) plazas de fi scales superiores, seis (06) plazas de fi scales adjuntos superiores, treinta y seis (36) plazas de fi scales provinciales y doce (12) plazas de fi scales adjuntos provinciales, todas con carácter transitorio, para el fortalecimiento de los despachos fi scales de las fi scalías superiores y de las fi scalías provinciales penales corporativas de los distritos fi scales implementados con el Nuevo Código Procesal Penal. El numeral 3 del artículo 65º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Con los o fi cios Nº 735 y 834-2023-MP-FN-UFEC, el abogado Juan Humberto Flores Cáceres, en su condición de Jefe de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional y Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, eleva las propuestas respectivas para ocupar las plazas señaladas en el primer párrafo de la parte considerativa, asimismo propone el despacho superior que conocerá en adición