NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (28/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 12
12 NORMAS LEGALES Jueves 28 de setiembre de 2023 El Peruano / Que, a través del O fi cio N° 01937-2023-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe N° 00107-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPRI de la Dirección de Programación de Inversiones, en el cual concluye que las inversiones a ejecutarse en el marco de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, deberán contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda, conforme a los criterios establecidos en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), y deberán estar alineadas a la responsabilidad funcional del Sector, a los objetivos, fi nes y metas del mismo; precisando que, la propuesta de delegación de facultades en materia de Obras por Impuestos deberá considerar lo señalado por dicha unidad orgánica; Que, asimismo, mediante el Informe N° 00171-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIDOM, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización concluye que, desde el punto de vista organizacional, no existe impedimento para la aprobación de la propuesta de delegación de facultades en el mecanismo de Obras por Impuestos, para el Año Fiscal 2023; Que, por medio del Informe Legal N° 01379-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que incorpora los artículos 3-A y 7-A a la Resolución Ministerial N° 0004-2023-DE, que resolvió delegar diversas facultades y atribuciones asignadas al Titular de la Entidad, no privativas de su función como Ministro de Estado, durante el Año Fiscal 2023, a diferentes autoridades del Ministerio de Defensa, a fi n de delegar facultades al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, las Comandancias Generales de las Instituciones Armadas, CONIDA y la DGPP, en materia de inversiones bajo el mecanismo de obras por impuesto, de acuerdo con el marco normativo vigente; Que, en ese contexto, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Defensa, y con el propósito de dar celeridad y optimizar la gestión administrativa de la Entidad, resulta necesario delegar diversas facultades y atribuciones asignadas al Titular de la Entidad, no privativas de su función como Ministro de Estado, de acuerdo a lo propuesto por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporar los artículos 3-A y 7-A a la Resolución Ministerial N° 0004-2023-DE, conforme al siguiente detalle: “Artículo 3-A.- Delegar en el/la Jefe/a del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; los Comandantes Generales del Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú; y el/la Jefe/a Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, las siguientes facultades y atribuciones en materia de Obras por Impuestos: a) Aprobar las Bases de los procesos de selección de la Empresa Privada y de la Entidad Privada Supervisora, en los casos que corresponda conforme al marco normativo vigente. b) Autorizar el nuevo Monto Referencial del Convenio de Inversión que se encuentre registrado en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en adelante, Invierte.pe, en fecha posterior a su declaratoria de viabilidad y priorización, a fi n de que este sea recogido en la convocatoria y en las Bases del proceso de selección. c) Solicitar la emisión del Informe Previo a la Contraloría General de la República, antes de la aprobación de las Bases del proceso de selección de la Empresa Privada, así como subsanar las observaciones que pudieran formularse y/o remitir la información complementaria o adicional que sea requerida. d) Suscribir, modi fi car, y resolver los Convenios de Inversión con las Empresas Privadas. e) Registrar en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) la afectación presupuestal y fi nanciera para la emisión de los CIPGN. f) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo del Convenio de Inversión, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 29230. g) Autorizar y aprobar, excepcionalmente, la ejecución de mayores trabajos de obra por variaciones a las especi fi caciones técnicas o a las condiciones originales de ejecución del proyecto, siempre que éstas resulten necesarias para alcanzar la fi nalidad del Convenio de Inversión, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 29230; y modi fi car el Monto Total del Convenio de Inversión producto de dicha aprobación. h) Aprobar mayores prestaciones y la ampliación de plazo en el Contrato de Supervisión que se originen por variaciones al Convenio de Inversión durante la fase de ejecución, conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley N° 29230. i) Remitir la documentación e información que la Contraloría General de la República solicite en el ejercicio de la labor de control gubernamental. j) Aprobar los importes cuando la propuesta económica exceda el monto referencial del Convenio de Inversión, en el caso de adjudicación directa prevista en el Reglamento de la Ley N° 29230. k) Cancelar, total o parcialmente, el proceso de selección de la Empresa Privada y/o Entidad Privada Supervisora, en caso corresponda, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 del Reglamento de la Ley N° 29230. l) Aprobar, de manera previa al otorgamiento de la Buena Pro por parte del Comité Especial, la propuesta económica que exceda hasta en diez por ciento (10%) el Monto Referencial del Convenio de Inversión.” “Artículo 7-A.- Delegar en el/la Director/a General de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, las siguientes facultades en materia de Obras por Impuestos: a) Emitir la Carta de compromiso de priorización de recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certi fi cados Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público” – CIPGN en los años fi scales inmediatos siguientes y por todo el periodo de ejecución de las inversiones o las actividades de operación y/o mantenimiento. b) Remitir a Proinversión, en caso de encargo del proceso de selección de la Empresa Privada, los documentos exigidos por la Contraloría General de la República para la emisión del Informe Previo.” Artículo 2.- Disponer que los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0004-2023-DE, mantienen su vigencia durante el Año Fiscal 2023. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2219476-1