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19 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de abril de 2024 El Peruano / los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos. Asimismo, los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, en atención a los dispuesto en la Ley N° 31953, el MINEM y el Gobierno Regional de Lima (en adelante, GORE Lima), con fecha 15 de febrero de 2024, suscribieron el Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, cuyo objeto es fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al mencionado Gobierno Regional, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE Lima, a fi n de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral, en el marco de la implementación de la Política Nacional Multisectorial de la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030; Que, los numerales 5.3 y 5.4 de la Cláusula Quinta del citado Convenio de Cooperación, prevé que, el Director Regional de Energía y Minas o Unidad de Organización que haga sus veces es responsable de la ejecución, coordinación y monitoreo del cumplimiento del Convenio; asimismo, la Dirección General de Formalización Minera designará a un profesional, quien será responsable del seguimiento y monitoreo de la ejecución del Convenio realizado por el GORE Lima; Que, la Cláusula Octava del mencionado Convenio de Cooperación, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a favor del citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 523 430,00 (Quinientos veintitrés mil cuatrocientos treinta con 00/100 soles), a fi n de que cubra los gastos requeridos en el Plan de Trabajo del mencionado Gobierno Regional, y cuyo uso se encuentre justi fi cado para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, según el detalle establecido en el convenio; Que, a través del Informe N° 0191-2024-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, precisa que el GORE Lima, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas presentó el Plan de Trabajo para el año 2024, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios y equipamiento informático (necesario para mantener actualizada la información del sistema de ventanilla única) relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral que se vienen desarrollando durante el primer trimestre del año 2024, asimismo, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el año 2023; Que, mediante Informe Nº 013-2024/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional, conforme a lo señalado en el acápite ii) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, asimismo, cabe indicar que la O fi cina de Presupuesto, con fecha 09 de enero de 2024, aprobó el Certi fi cado de Crédito Presupuestario SIAF N° 0001 con cargo a la Meta N° 0010, por el monto de hasta S/7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil con 00/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 079-2024-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros necesarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 0353-2024-MINEM/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del GORE Lima;Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31953, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma S/ 523,430.00 (Quinientos veintitrés mil cuatrocientos treinta con 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Lima; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas - Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 523 430,00 (Quinientos veintitrés mil cuatrocientos treinta con 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Lima, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo, al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 523 430,00 TOTAL EGRESOS S/ 523 430,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 463 : Gobierno Regional de Lima S/ 523 430,00 Unidad Ejecutora : 001 Sede Central - Región LimaUnidad Ejecutora SIAF : 01027 Programa Presupuestal : 0126 Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanal Producto : 3000658 Mineros Formalizados Actividad : 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : 20530688390 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Lima, correspondiente al año 2024. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2277865-1 Autorizan transferencia financiera de Recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Apurímac RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2024-MINEM/DM Lima, 9 de abril de 2024