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35 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de abril de 2024 El Peruano / Que, la declaración de interés nacional consignada en la Resolución Suprema N° 029-2024-RE, se encuentra alineada con lo dispuesto en la Ley N° 30154, “Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados”, cuyo artículo 1 establece que las contrataciones que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores para atender la realización en el Perú de las transmisiones del mando supremo, así como de cumbres internacionales y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados, declaradas previamente de interés nacional, mediante resolución suprema, se rigen por el procedimiento establecido en esa ley; Que, el literal c) del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, “Ley de Contrataciones del Estado”, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, dispone como uno de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de esa ley, las contrataciones que efectúe el Ministerio de Relaciones Exteriores para atender la realización en el Perú, de la transmisión del mando supremo y de cumbres internacionales previamente declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, así como de altos dignatarios y comisionados, siempre que tales contrataciones se encuentren por debajo de los umbrales establecidos en los tratados u otros compromisos internacionales que incluyan disposiciones en materia de contratación pública, de los que el Perú es parte; Que, los numerales 5.1 y 5.3 del artículo 5 de la citada Ley N° 30154, establecen que el funcionario o persona nombrada como responsable ante el Estado peruano de la realización de la transmisión del mando supremo o de una cumbre internacional, previamente declarada de interés nacional, y sus eventos conexos, remitirá el requerimiento de contratación al órgano encargado de las contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Su designación es efectuada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30154, mediante Resolución Ministerial Nº 0225-2021-RE se aprueba la Directiva Nº 006-2021 OGA/RE “Disposiciones para la Contratación de Bienes y Servicios en el Marco de la Ley Nº 30154”, teniendo por fi nalidad estandarizar el procedimiento para la contratación de bienes y servicios requeridos para las transmisiones de mando supremo, así como de cumbres internacionales y sus eventos conexos, con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados, declaradas previamente de interés nacional; Que, por otro lado, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en ese marco, el artículo 9 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone, entre otros aspectos, que el Ministro de Relaciones Exteriores es la más alta autoridad política del Sector Relaciones Exteriores y es el titular del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar en los empleados públicos de su Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función. Asimismo, el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010- RE, establece que el Ministro de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0434- 2023-RE, de fecha 10 de agosto de 2023, se designa al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Roland Piero Denegri Aguirre, como Director de América del Sur de la Dirección General de América, a partir de la mencionada fecha; Que, en ese sentido, conforme a las normas antes consignadas, resulta necesario designar al funcionario responsable ante el Estado peruano de llevar adelante la ejecución de las tareas que se requieran para la preparación, organización y realización de las diversas actividades y eventos conexos comprendidos en el marco del Encuentro Presidencial y XV Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador, que tendrá lugar en el Perú en el presente año; de igual forma, delegar en dicho funcionario las facultades de suscribir convenios de gestión y de colaboración y cooperación interinstitucional y otros de similar naturaleza, y sus respectivas adendas, con entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y con organizaciones y organismos internacionales, relativos al Encuentro Presidencial y XV Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador y sus eventos conexos; así como, de ser el caso, la facultad de resolver los convenios antes mencionados; Con los visados del Viceministerio de Relaciones Exteriores, de la Secretaría General, de la Dirección General de América y de la O fi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2021-RE y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y modi fi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones del mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de jefes de Estado, jefes de Gobierno, altos dignatarios y comisionados; la Resolución Suprema N° 029-2024-RE que declara de interés nacional el Encuentro Presidencial y XV Gabinete Binacional de Ministro Perú-Ecuador y sus eventos conexos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, la Resolución Ministerial N° 0225-2021-RE, que aprueba la Directiva Nº 006-2021-OGA/RE “Disposiciones para la Contratación de Bienes y Servicios en el Marco de la Ley Nº 30154”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Se designa al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Roland Piero Denegri Aguirre, Director de América del Sur de la Dirección General de América, como funcionario responsable ante el Estado peruano de la realización del Encuentro Presidencial y XV Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador y sus eventos conexos, que tendrán lugar en la ciudad de Lima, en el año 2024, con la presencia y participación de los jefes de Estado, jefes de Gobierno y ministros de Estado del Perú y del Ecuador. Artículo 2.- Delegación Se delega en el citado funcionario las facultades de suscribir convenios de gestión y de colaboración y cooperación interinstitucional y otros de similar naturaleza, y sus respectivas adendas, con entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y con organizaciones y organismos internacionales, relativos al Encuentro Presidencial y XV Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador y sus eventos conexos, que tendrán lugar en Lima, en el año 2024; así como la facultad de resolver los convenios antes mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2277345-1